El Tribunal Supremo prohíbe a los medios de comunicación usar imágenes de Facebook sin tener el permiso de la persona que aparece en ella. Difundir fotos sin la autorización supone una “intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen”.
Se trata de una sentencia que condena a La Opinión de Zamora, que tendrá que indemnizar con 15.000 euros a un hombre que apareció en una imagen del diario en papel. La publicación había obtenido la imagen en la cuenta personal de Facebook del afectado.
La cabecera, además de la indemnización tendrá prohibido volver a difundir la foto y tendrá que retirarla de los ejemplares de su archivo en los que aparezca. Que una foto en la red social sea accesible al público en general, por tanto, “no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación”.