Imagen de una chica susurrando a la oreja / CG

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Vida

Piden cárcel, multa e inhabilitación para la traductora judicial que 'daba el agua' a los ladrones

El Ministerio Fiscal acusa por ocho robos a una organización criminal de asaltantes de pisos que actuaba en la Cerdaña y en Barcelona, con la ayuda de esta colaboradora de jueces y policías

26 enero, 2017 00:00

El Ministerio Fiscal pide un año de cárcel, 17 meses de multa a razón de 15 euros diarios, y dos años y seis meses de inhabilitación para ejercer un cargo público contra la traductora judicial Renata Zitaj, que “proporcionó información policial en curso” a los acusados de una organización criminal que robaba en viviendas.

Los Mossos d'Esquadra desarticularon, a principios del año pasado, un grupo criminal compuesto por ciudadanos kosovares y españoles “que se concertaron para cometer diversos delitos contra el patrimonio, repartiéndose diversos cometidos entre ellos, cuya finalidad era obtener bienes ilícitamente”.

Robos en segunda residencia

Según el escrito del fiscal al que ha tenido acceso Crónica Global, los presuntos ladrones asaltaron un total de ocho viviendas en diversas poblaciones de la Cerdaña, el Baix Llobregat y Barcelona, entre finales del 2015 y principios del 2016.

Los Mossos d'Esquadra estaban tras la pista del grupo a consecuencia de la oleada de robos y las consiguientes denuncias de las víctimas. Según la fiscalía, la empleada de la empresa de traducción Seprotec --compañía que presta los servicios de interpretación y traducción de la Conselleria de Justicia de la Generalitat-- Renata Zitaj facilitó información policial a los investigados que les permitió eludir la acción de los Mossos, “todo ello, a sabiendas de que la causa estaba declarada secreta”.

Dura petición fiscal

El fiscal pide para los autores materiales de los robos penas que llegan a los seis años de cárcel.

Llama la atención que el fiscal, en su escrito de calificación provisional, pide lo siguiente para "los investigados Ervion Plokaj, Eduard Duishaj y Nikos Kristo, en aplicación del articulo 89.2 del Código Penal, no resultando en este caso desproporcionado y en atención a la naturaleza y gravedad del delito así como a la defensa del orden jurídico y el restablecimiento de la confianza en la norma infringida": "Procede acordar el cumplimiento de la totalidad de las penas de prisión impuestas. Que proceda la expulsión si antes de la fecha del cumplimiento del total de la pena, los penados son clasificados en tercer grado o acceden a la libertad condicional”.