El Tribunal Constitucional ha suspendido este jueves la prohibición de los toros en Cataluña, que aprobó el Parlamento catalán en 2010. Ocho votos a favor de los magistrados frente a tres en contra han servido para declarar inconstitucional la ley. El tribunal considera que la tauromaquia es competencia del Estado, ya que está declarada patrimonio cultural inmaterial.
La sentencia llega seis años después de que el Grupo Popular en el Senado presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la prohibición de las corridas en Cataluña. En ella, se concreta que el gobierno autonómico tiene competencias para regular en materia de espectáculos públicos y hasta prohibirlos. Sin embargo, defienden, la tauromaquia es patrimonio cultural inmaterial, por lo que la administración catalana no tiene potestad sobre ella.
La Generalitat ya advirtió hace dos semanas de que, en caso de confirmarse la suspensión, desobedecería la sentencia del Constitucional. La consejera de Presidencia y portavoz del Govern, Neus Munté, aseguró entonces que "solo acataremos la decisión que tomó en su día el Parlamento de Cataluña; no queremos un país donde se mate o se haga sufrir a los animales".
Ley de protección animal
La abolición de las corridas de toros en Cataluña fue introducida a través de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para modificar la ley de protección animal. En ésta se incorporó entonces la prohibición de las "corridas de toros y espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que se celebren en las plazas de toros o fuera de ellas".