Tantos delitos como víctimas: una cuestión de dignidad
- El Tribunal Supremo dobla la pena a unos proxenetas acusados de trata de blancas porque "se ha de condenar tantas veces como mujeres hayan sido damnificadas"
El Tribunal Supremo establece que en los casos de trata de seres humanos hay que condenar por tantos delitos como víctimas haya "para proteger la dignidad de cada una de ellas".
En ese sentido, y tal y como han acordado los magistrados de la sala segunda, el llamado "bien jurídico a proteger" en esta modalidad delictiva es la dignidad, que "está caracterizada por ser una cualidad que adorna y protege a la persona individualmente, no siendo por consiguiente un concepto global, y ello entraña lo personalísimo de tal bien jurídico protegido".
Penas más duras por dignidad
El alto tribunal ha utilizado por primera vez este criterio y dobla la condena --de 5 años y 6 meses de prisión a 10 años y 7 meses-- para cada uno de los dos acusados de traer a España a dos ciudadanas nigerianas a las que prometieron que iban a trabajar en Tenerife como peluqueras. La mujeres, una vez allí, fuaron obligadas a prostituirse para saldar la deuda que habían contraído con ellos, 4.000 euros cada una.
La sala segunda considera que cada uno de los acusados cometió dos delitos de trata de seres humanos vinculado con el delito que se conoce como de prostitución coactiva, y no uno sólo como entendió la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
En apoyo a las víctimas
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, estima el recurso de casación interpuesto por el fiscal que había solicitado una condena por dos delitos y no por uno, como mantuvo durante la instrucción y el juicio.
La sentencia destaca, asimismo, que este caso es distinto a otros delitos, como ocurre con la inmigración ilegal, donde se considera que se ha cometido un solo delito aunque afecte a varias personas, debido a que el bien jurídico protegido es distinto: el control estatal sobre los flujos migratorios.