El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado hoy que es ilegal que la compensación por copia privada destinada a los autores de la obra original sea financiada por los presupuestos generales, como establece el canon digital español introducido en 2012, y no por los usuarios de la copia.
En su pronunciamiento, la sala europea ha valorado que el sistema español "no garantiza que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".
Con cargo a las cuentas públicas
La normativa comunitaria prevé que los estados miembros pueden introducir excepciones al derecho exclusivo de los autores a autorizar o prohibir la reproducción de sus obras, por ejemplo mediante una "excepción de copia privada" que incluya una "compensación equitativa".
Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, "dentro de los límites presupuestarios" establecidos para cada ejercicio.