La Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de cárcel al administrador de una agencia de viajes que vendió paquetes para asistir a la final del Mundial de fútbol de Sudáfrica en 2010. Los compradores se encontraron con un problema al llegar al país: las entradas del estadio resultaron ser falsas.
Además, el condenado consiguió fletar un avión para el traslado con una transferencia alterada. Solo simuló haber pagado el coste del vuelo a Johanesburgo.
Multa e indemnización
Por todo ello, la Sección Tercera de lo Penal del Alto Tribunal condena al acusado por un delito continuado de estafa y otro de falsificación en documento mercantil. La Sala le aplica las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño por haber devuelto el dinero a algunos de los afectados.
Ordena, asimismo, que el acusado indemnice a los perjudicados en concepto de responsabilidad civil. Gastaron con la compra del paquete vacacional 2.495 euros a los que se deberán sumar otros 1.500 euros por los daños morales causados.
Un total de 66 afectados
“Como consecuencia de la actividad de P.C. adquirieron los correspondientes paquetes de viaje a Johannesburgo y entrada para la final de fútbol, como mínimo 66 personas”, indica el escrito de la Audiencia Nacional al que ha tenido acceso Crónica Global.
Los magistrados de la sala relatan que “muchos de los cuales, a pesar de haber pagado por ello y haberse desplazado hasta Sudáfrica, se vieron privados de poder asistir al espectáculo deportivo, salvo alguno que consiguió acceder mediante entradas conseguidas por otras vías, permaneciendo la mayoría del tiempo en las inmediaciones del estadio sin poder presenciar la final de la Copa del Mundo de Fútbol”.
Flagrante engaño
“Pero lo cierto --dice la Sala-- es que, aquél engañó a una generalidad de personas haciéndoles creer que podía organizar un traslado a Sudáfrica para presenciar la Final del Campeonato del Mundo de Fútbol, del que la selección española iba a ser partícipe, y que disponía de entradas para tal evento, y de disponibilidad económica suficiente para hacer frente a los costes que ello conllevaba”.
“Evidentemente, no era así”, concluyen los magistrados.