La sala tercera del Tribunal Supremo ha anulado la instrucción del Ministerio del Interior sobre prescripción de medicamentos en los centros penitenciarios.
En concreto, el Alto tribunal ha anulado los artículos 4 y 5 de la mencionada instrucción que permitía la sustitución de los medicamentos prescritos por el medico por otros "de diferente composición y diferente estructura química aunque de similar mecanismo de acción".
Los médicos recurrieron
El tribunal ha resuelto esta cuestión al aceptar el recurso que, en este sentido, presentó el Consejo General de Colegios de Médicos.
El Supremo afirma que es ilegal que el farmacéutico de la cárcel pueda sustituir el medicamento prescrito por el facultativo por otro diferente "aunque se invoque una política de racionalización del gasto público o la singularidad del contexto penitenciario".
Todos iguales ante la ley
El Supremo es taxativo al afirmar que sólo se podrán sustituir unos medicamentos por otros "de igual composición, forma farmacéutica, vía de administración y dosificación".
Y advierte de que cualquier otro supuesto atentaría "contra la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y vulneraría el derecho a una sanidad digna tal y como recoge la Constitución".