El gabinete jurídico de la Generalitat adscrito a la consejería de Presidencia ha pedido por escrito al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que no facilite una copia traducida al castellano de la causa a un constructor navarro que mantiene un litigio con el departamento de Territori. El demandante ha solicitado que los documentos originales en catalán que se van incorporando al expediente le sean trasladados en lengua castellana.
El constructor se acoge a la cooficialidad de las dos lenguas (castellano y catalán) en Cataluña y apela a la indefensión que supondría recibir los documentos en un idioma que no domina, para pedir copia traducida al castellano.
La Generalitat no da tregua
El letrado de la Generalitat, Ignasi de Ribot, afirma que el demandante, Víctor Latorre, ya había recibido con anterioridad documentación judicial en catalán y nunca se había quejado por ello. El constructor, en conversación con este medio, ha explicado que realizó esa solicitud “al amparo del artículo 13.2 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística". Ese apartado dice: "Todas las personas tienen derecho a relacionarse, oralmente y por escrito, con la Administración de Justicia en la lengua oficial que escojan y ser atendidos, y no se les puede exigir traducción alguna”.
El gabinete jurídico de la Generalitat recuerda que hay un acuerdo del Gobierno de Cataluña de fecha 7 de mayo de 2013 que obliga a los letrados públicos a que cuando la Generalitat sea parte de un litigio “se solicite del tribunal que el proceso se tramite en lengua catalana”. El gabinete apela a la carta europea de defensa de las lenguas minoritarias y regionales.
Normalidad
El demandante alega que lo que es posible y habitual en el proceso administrativo, lo ha de ser igualmente en el proceso judicial.
El litigio entre le constructor y la Generalitat hace referencia a la petición de nulidad del acuerdo de reordenación de la desembocadura del río Fluvía, en Girona, por el que se reclama el retorno de las inversiones urbanística ya realizada por Latorre y una indemnización por lucro cesante que superaría, según la propia estimación del TSJC, los 130 millones de euros.