Uno de los detenidos, en 2009, durante la operación de los Mossos d'Esquadra en Mataró.

Uno de los detenidos, en 2009, durante la operación de los Mossos d'Esquadra en Mataró.

Vida

La Audiencia dice que la mafia china explota trabajadores pero no es una asociación criminal

Condenas mínimas para los capos que dirigían una red de talleres ilegales en Mataró donde se “esclavizaba” a centenares de orientales

2 diciembre, 2015 21:23

Los 77 años de cárcel por falsedad, delito contra los derechos de los trabajadores y asociación ilícita que la fiscalía solicitaba para los 10 miembros de una red china que dirigía 70 talleres, la mayoría ilegales, en Mataró, Barcelona y Santa Coloma de Gramanet, han quedado reducidos a tres condenas para sólo tres de los imputados y por un único delito contra los derechos de los trabajadores.

La sección séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado sentencia sobre el caso de la trama de gestorías y de decenas de talleres textiles ilegales bajo control de los que la policía calificó como mafia china. En esos talleres trabajaban en situación de seudoesclavitud, centenares de ciudadanos orientales.

La falsedad de los documentos

La Audiencia dice no estar acreditada la falsedad en los documentos personales y laborales los trabajadores que denunciaron policialmente su situación. Algunos, testigos protegidos en este caso, relataban cómo habían firmado contratos en empresas inoperantes y que nada tenían que ver con los talleres donde eran obligados a trabajar.

El tribunal tampoco ve delito en la asociación ilícita denunciada por la fiscalía. Afirma que no hay prueba de que se trate de una trama orquestada y que, por lo tanto, no puede condenarse a los imputados por este delito.

Derechos laborales

La sección séptima sí reconoce que, al menos, tres de los diez acusados por el fiscal y la acusación particular, han cometido un delito contra el derecho de los trabajadores.

“Las condiciones de los talleres eran pésimas. Trabajaban sin interrupción más de 16 horas. No descansaban ni un día a la semana. Dormían en el propio taller que limpiaban ellos mismos. Si enfermaban, no cobraban”, reconoce el tribunal. Por ello apunta a tres de los acusados y les condena tres años de cárcel.

Amenazas y agresiones

Los magistrados consideran creíbles, en este sentido, las declaraciones incriminatorias de los tres testigos protegidos. Sin embargo, parecen no darse por aludidos respecto a una determinada parte de la denuncia en la que los trabajadores aseguran que fueron amenazados y agredidos por sus jefes.

La tibieza de los argumentos de la sentencia contrasta con la contundencia de las acusaciones vertidas durante el juicio por el fiscal: “Las condiciones laborales impuestas consistían en jornadas de trabajo de excesiva duración (más de 15 horas), ausencia de descanso semanal, ausencia de vacaciones, escasa retribución (incluso nula, cuando los empleados enfermaban o se veían obligados a tener que comer y dormir en el propio taller). Los centros, por otro lado, carecían de las condiciones básicas de salubridad”.

En el escrito acusatorio, el ministerio público afirmó “que los trabajadores se veían obligados a aceptar dicha inhumana situación dada la precariedad de la situación y la necesidad de asegurarse la subsistencia teniendo en cuenta que no podían recabar auxilio de las autoridades españolas para que éstas no detectaran su ilegal situación en España”.