El magistrado de la sala decimosexta de la Audiencia Provincial de Barcelona José Luis Valdivieso Polaino ha emitido un voto particular discordante con el sentido de la sentencia de la sala dictada por su compañeros, los magistrados Jordi Seguí Pintas y Inmaculada Zapata Camacho, en relación a la responsabilidad de Endesa en los incendios del Berguedà de 1994.
Valdivieso entiende que no se puede atribuir de forma incuestionable la culpabilidad del incendio a la compañía eléctrica. Y lo argumenta, entre otras, con la siguiente afirmación:
"A mi juicio, de todo lo expuesto no puede extraerse sino una conclusión: no se ha probado que el incendio originado el 4 de julio de 1994 en el municipio de Montmajor tuviese origen en la línea propiedad de Fecsa que discurría por la pedanía de Gargallà de dicho municipio.
Que el fuego comenzase cerca de dicha línea no constituye prueba alguna. Tampoco puede tenerse en cuenta que no conste una causa alternativa, porque tener en cuenta esta circunstancia comportaría que la carga de la prueba correspondería a la demandada, lo cual es inadmisible. Es además algo que no puede tenerse en cuenta especialmente en circunstancias ambientales como las existentes aquel día: mucho calor y bajísima humedad relativa, que facilitaban la producción y propagación de fuegos.
La única prueba directa del origen eléctrico es la declaración de D. Miquel Borràs Vima. A lo largo de sus distintas declaraciones dicho señor explicó lo ocurrido de forma diferente: caída de chispas finitas, caída de chispazos, caída de gotas de plástico fundido y/o de trozos de cubierta de los cables encendidos. De esas cosas que dice que ocurrieron, las chispas es imposible que se produjesen. Para la caída de trozos de cubierta fundidos o encendidos no hay explicación científica. No se ha sugerido siquiera cuál pudo ser la fuente de la energía necesaria para dicho fenómeno, salvo los repetidos contactos entre cables de que se ha hablado detenidamente. Por tanto, la afirmación del testigo de que vio trozos de PVC encendidos caer de la línea no puede sino sustentarse en la propia declaración del testigo, después parte. En apoyo de ésta no ha podido aportarse ninguna explicación técnica verosímil".