Fachada del Palau de Justícia, sede del TSJC / EP

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Política

El TSJC mantiene la fecha electoral del 14 de febrero

La Sala de lo Contencioso-Administrativo anula el decreto del Govern que suspendía los comicios y los reubicaba el 30 de mayo como muy pronto

29 enero, 2021 14:06

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) mantiene la fecha electoral del 14 de febrero y anula el decreto del Govern que suspendía los comicios con la intención de celebrarlos no antes del 30 de mayo.

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha reunido este viernes, con carácter de urgencia, para deliberar una vez recibidos los escritos de todas las partes, en relación a la contienda electoral del 14F y, por mayoría, acuerda anular el decreto que suspendía los comicios convocados para esa fecha. Estima así el recurso interpuesto y, por tanto, las elecciones al Parlament se celebrarán el 14 de febrero 2021, el día fijado por el convocante en un inicio. La reunión ha durado dos horas.

Comienza la campaña

El tribunal avanza el sentido de su resolución que se dictará y notificará el próximo lunes, 1 de febrero. El tribunal hará expresa mención "a la buena fe procesal de las partes dado que, su agilidad en la presentación de escritos, ha permitido llegar a una resolución en la mayor brevedad de tiempo".

A la espera de este dictamen definitivo, la Generalitat mantuvo los preparativos cara al 14F y, ayer jueves, arrancó la campaña electoral con las intervenciones de todos los partidos que concurren a las elecciones. Una campaña atípica, tanto por la intervención de la justicia como por la situación de pandemia en la que los catalanes acudirán a las urnas.

Recurso que no paraliza la convocatoria

La sentencia, que se notificará el próximo lunes, admite recurso ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo. Este recurso, en caso de interponerse, no sería suspensivo de la ejecución de la decisión adoptada. Es decir, no afectaría al mantenimiento de la convocatoria electoral para el 14 de febrero. La fiscalía se ha pronunciado también a favor de mantener la fecha inicial, mientras que el Govern había mantenido su decisión de aplazar la convocatoria electoral por motivos sanitarios.

En una anterior resolución, el TSJC había justificado la celeridad en la resolución --se había dado de plazo hasta el 8 de febrero para dictar sentencia definitiva-- y en la suspensión cautelar del decreto en el interés público y la necesidad de salir del bloqueo institucional. "Se ha valorado que hay un interés público muy intenso en la celebración de las elecciones suspendidas, porque si no se celebran se abre un periodo prolongado de provisionalidad que afecta al normal funcionamiento de las instituciones democráticas", determinó en un auto, que contó con un voto particular.