Marta Rovira (d), huida de la justicia española, en una imagen de la entrevista de que TV3 difundió el sábado pasado

Marta Rovira (d), huida de la justicia española, en una imagen de la entrevista de que TV3 difundió el sábado pasado

Política

El Supremo dice que el riesgo de fuga de los presos 'indepes' ha aumentado

El tribunal establece las diferencias entre la figura de Selahattin Demirtas, el disidente turco amparado por el TEDH, a cuyo caso habían apelado los letrados del 'procés'

28 enero, 2019 13:06

Cuando el Tribunal Supremo está a punto de decidir qué día arrancará, definitivamente, el juicio contra los 12 acusados por los hechos del 1-O, la Sala de lo Penal ha rechazado las peticiones de libertad reclamadas en sus escritos de defensa por los nueve procesados que están encarcelados de forma preventiva. En un duro auto, el alto tribunal apela al elevado riesgo de fuga de los inculpados motivado, principalmente, por la existencia, fuera del territorio español, de “estructuras de poder organizadas puestas al servicio de aquellos procesados que han tomado la determinación de sustraerse al llamamiento de esta Sala”.

En concreto, los letrados de nueve acusados presos, Oriol Junqueras, Joaquín Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Carme Forcadell, equiparaban su situación a la del líder político turco Demirtas, a quien el Tribunal de Estrasburgo dio la razón en una reciente sentencia, dictada en noviembre de 2018. En línea de esta resolución, las defensas de los procesados entendían que la Sala Segunda no había motivado suficientemente la no adopción de medidas alternativas a la prisión provisional.

Estructura en el extranjero

El TS, a lo largo de las 14 páginas del auto dictado este lunes, justifica, para denegar la libertad, el hecho de que algunas autoridades y miembros actuales del Govern y del Parlament de Cataluña se han desplazado para mantener reuniones “con las personas integrantes de tales estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía”, lo que “intensifica claramente el riesgo de fuga, pues pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero --con presencia, insistimos, de procesados en esta causa ya huidos de la justicia-- que podría facilitar la fuga de los procesados”. Una alusión a la actividad de Carles Puigdemont, que convoca reuniones de grupo parlamentario en Bruselas, y de Marta Rovira, que ha asistido a sesiones de la dirección de ERC en Ginebra. 

En este sentido, la resolución incide en que la doctrina de Estrasburgo para valorar el riesgo de fuga exige ponderar la existencia de contactos en el extranjero que puedan facilitar la huida y, aparte de ello, se muestra tajante al rechazar la equiparación entre la situación de los políticos catalanes presos y la del opositor turco a quien se refiere el Tribunal Europeo.

“Conviene destacar un dato que singulariza y distingue las dos situaciones que las defensas, en su legítimo discurso impugnativo, pretenden igualar. El señor Demirtas era un líder opositor cuyo encarcelamiento --sin entrar en otro orden de consideraciones acerca de las notas definitorias del sistema jurisdiccional turco y de la pervivencia de preceptos penales difícilmente conciliables con el Convenio de Roma-- podía llegar a implicar una ruptura de la legitimidad democrática”, subrayan los magistrados.

Diferencias con el caso Demirtas

Y recalca que los hechos que delimitan el objeto de la causa del procés no se atribuyen por el Fiscal, el Abogado del Estado y la acusación popular a líderes de la oposición. “Antes al contrario, la mayor parte de los procesados eran líderes políticos integrados en el Gobierno de una comunidad autónoma en la que asumían la máxima representación del Estado en ese ámbito territorial. No expresaban, por tanto, la silenciada voz discrepante frente a una política hegemónica que se impone sin contrapesos”.

No sólo eso: el tribunal asevera cómo los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio de Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico. “La pretendida equiparación entre las medidas cautelares que afectan a los procesados y el encarcelamiento del opositor turco que está en el origen de la sentencia del Tribunal Europeo, es contemplada por la Sala como una respetable estrategia defensiva, pero carente de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento”.

“No existe persecución de las ideas”

“No existe persecución por las ideas. No se criminaliza una ideología. De hecho, la ideología que con tanta legitimidad democrática profesan los recurrentes sostiene ahora al mismo gobierno autonómico y está presente en las instituciones de las que la mayoría de los procesados formaban parte. No está en cuestión una forma de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado. El día a día de la actividad política enseña la libertad con la que esas ideas son defendidas en las instituciones y en los foros nacionales e internacionales de debate político”.

Tras esta resolución, el TS prevé anunciar en breve la fecha en la que dará inicio la vista oral, que, en principio, tendrá lugar los martes, miércoles y jueves de 10.00 a 18.00 horas con una pausa de 14.00 a 16.00, tiempo durante el cual A la hora de la comida serían trasladados a los calabozos de la Audiencia Nacional para regresar después al Supremo. Previsiblemente el traslado a las prisiones sea nuevamente desde la AN. Previsiblemente, el juicio finalizará a principios de mayo mientras que la sentencia se haría pública en verano.