El Código de Consumo de Cataluña regula los requisitos lingüísticos que se exigen a las empresas

El Código de Consumo de Cataluña regula los requisitos lingüísticos que se exigen a las empresas

Política

Filtro lingüístico en las subvenciones del Govern en plena pandemia

La Generalitat supedita las ayudas al espacio transfronterizo, la artesanía y el ámbito comunicativo al cumplimiento de la ley del catalán, ¿pero qué dice la Justicia?

5 mayo, 2021 00:00

El Govern no solo ha puesto el acelerador en la contratación laboral tras las elecciones catalanas del 14 de febrero, tal como explicó Crónica Global, en un intento de Junts per Catalunya (JxCat) de dejar colocados a los suyos ante un nuevo cambio de gobierno. También ha intensificado la convocatoria de subvenciones. Eso sí, con un filtro lingüístico y en plena pandemia.

La casuística es diversa: desde ayudas al “espacio transfronterizo” hasta subvenciones para fortalecer el espacio catalán de comunicación, pasando por partidas destinadas al ámbito de la artesanía.

Lo que dice la ley

El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) da cuenta de tres convocatorias en las que impone como requisito el cumplimiento de los artículos 32, 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística. Según el primer artículo, "las empresas y establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios que desarrollan su actividad en Cataluña deben estar en condiciones de poder atender a los consumidores y consumidoras cuando se expresen en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña". La señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público "deben estar redactados, al menos, en catalán. Esta norma no se aplica a las marcas, los nombres comerciales y los rótulos amparados por la legislación de la propiedad industrial".

En el segundo, se establece que “las empresas que han suscrito un concierto o Convenio de colaboración con la Generalidad o las Corporaciones locales de Cataluña, o son beneficiarias de ayudas o subvenciones de las mismas, deben utilizar, al menos, el catalán en la rotulación, en los avisos y en la documentación dirigidos al público, como mínimo, cuando estén vinculados al objeto de la ayuda o Convenio”.

La 'consellera' de Presidencia y portavoz del Govern, Meritxell Budó, en rueda de prensa / GENERALITAT

La 'consellera' de Presidencia y portavoz del Govern, Meritxell Budó, en rueda de prensa / GENERALITAT

El artículo 36.4 indica que “los rótulos e informaciones de carácter fijo y que contengan texto que han de constar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajen en los mismos deben figurar, al menos, en catalán".

Dinero para el sector de la comunicación en catalán

Así, el pasado 3 de mayo, la Consejería de Presidencia anunciaba la aprobación de las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro y organizaciones profesionales del sector de la comunicación para el desarrollo de iniciativas que contribuyan al fomento del periodismo y al fortalecimiento del espacio catalán de comunicación.

Ese mismo día, el mismo departamento anunciaba la concesión de subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo. Estas ayudas están dirigidas a microproyectos relacionados con el desarrollo socioeconómico, educación, turismo, deportes, cultura, juventud, medio ambiente, acción social e igualdad y género.

Asimismo, el DOGC publicó ayer una resolución por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de la artesanía.

Lo que dicen los tribunales

En los tres casos se exige el cumplimiento de esos artículos de la ley de Política Lingüística que los tribunales han analizado, sin llegarlos a impugnar. “El tema de los requisitos lingüísticos se han planteado judicialmente desde hace tiempo. El Tribunal Constitucional (TC) afirma que no se excluye expresamente el castellano por ley. Y a nosotros nos dicen que no tenemos legitimación porque no somos los solicitantes de esas subvenciones”, explica el presidente de Impulso Ciudadano, José Domingo.

El TC, en su sentencia 86/2017, se pronunció en ese sentido respecto a la Ley de Comunicación de Cataluña. “La única forma de impugnar esos requisitos es que un interesado en las subvenciones recurra la bases o la concesión”, sentencia el máximo responsable de la entidad constitucionalista.