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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado aplicar la Ley de Amnistía a los 12 CDR investigados en el denominado "caso Judas". El tribunal ha determinado que los hechos imputados quedan encuadrados dentro del marco legal de la norma aprobada por las Cortes

Con esta resolución, los magistrados ordenan el archivo definitivo de las actuaciones y el levantamiento de todas las medidas que pesaban sobre los encausados. La decisión supone el cierre de una causa judicial abierta desde septiembre de 2019 conllevó peticiones de pena de entre 8 y 27 años de prisión por presuntos delitos de pertenencia a organización terrorista.

La resolución

La Sala concluye que las conductas atribuidas a los encausados no causaron violaciones graves de derechos humanos ni resultaron en víctimas mortales o heridos graves. Esta delimitación resulta clave para el encaje de los hechos en la ley.

Asimismo, el auto decreta el sobreseimiento libre respecto a la totalidad de los delitos investigados, entre los que figuraban la pertenencia a organización terrorista, la fabricación y tenencia de explosivos y la conspiración para la realización de estragos.

Cancelación de medidas y antecedentes

El fallo judicial lleva aparejado el levantamiento inmediato de las medidas personales y cautelares impuestas a lo largo del procedimiento, así como el sobreseimiento de las medidas de carácter patrimonial acordadas durante la instrucción.

Adicionalmente, el tribunal ordena la cancelación de los antecedentes penales y policiales derivados de estas actuaciones, dejando sin efecto cualquier registro o restricción que mantuvieran activos los doce encausados.

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