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Entre junio y septiembre, ya es tradición que la veintena de discotecas de Lloret de Mar se atiborren de turistas mientras las tiendas de souvenirs del paseo marítimo hacen una caja que no han visto en diez meses de actividad.

Y un año más, la ociosa localidad vacacional de la Costa Brava ha pasado de gestionar una población de unos 45.000 habitantes entre octubre y mayo a atender a cerca de 200.000 personas en verano.

A pesar de que no es ninguna novedad para el consistorio de Adrià Lamelas (PSC) que se multiplique la presión sobre los servicios municipales —el año pasado, por ejemplo, a los 100 agentes de la Policía Local se sumaron otros 45 efectivos, entre Mossos d'Esquadra, vigilantes de playa, Protección Civil y personal destinado a las zonas de ocio nocturno—, hay una batalla en la que llevan una década insistiendo sin éxito, hasta ahora: quién debe pagar la basura que genera ese turismo.

Imagen de la avenida donde se encuentran algunas de las principales discotecas de Lloret Facebook

Con el cierre de la temporada estival, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto la disputa con una sentencia que avala que Lloret cobre la recogida de residuos a los pisos turísticos en función de su capacidad para alojar turistas, en lugar de aplicarles la tarifa fija que abona una vivienda residencial.

Ahora, por tanto, las familias residentes seguirán abonando su cuota anual de 90,52 euros y los apartamentos turísticos, considerados una actividad económica lucrativa, pagarán anualmente 45,25 euros por ocupante máximo autorizado, aunque el alojamiento esté vacío la mayor parte del año.

El primer intento

El primer gran choque judicial entre la administración local y el sector turístico se remonta a 2017, cuando el consistorio aprobó una ofensiva fiscal que obligaba a las viviendas de uso turístico a pagar el doble por la recogida de basura.

El TSJC acabó tumbando aquella medida al considerar que no existían pruebas de que los pisos vacacionales generasen el doble de residuos que un domicilio convencional, a pesar de que se les duplicaba el recibo.

La fachada del ayuntamiento de Lloret de Mar (Girona) GOOGLE MAPS

Aquel revés en los tribunales maniató los siguientes intentos municipales y se erigió en un precedente clave para el debate que se abriría en otras ciudades con perfiles de alto atractivo turístico, como Málaga o Palma de Mallorca.

"Quien contamina paga"

El tablero de juego cambió con la entrada en vigor de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, una normativa que obliga a las entidades locales a implantar una tasa específica que se corresponda con la generación real de basuras.

Para Lloret, este nuevo marco legal sirvió de resorte para reabrir el frente y establecer una frontera fiscal clara entre quienes residen todo el año en el municipio y quienes están de paso.

Solo para pisos turísticos

Con la ley en la mano, la nueva fórmula del Ayuntamiento fijó una cuota de 45,26 euros anuales por cada plaza autorizada en la vivienda, en lugar de los 90,52 euros de tarifa plana que abona una residencia estándar. Así, un apartamento turístico de cuatro plazas pagaría 181,04 euros al año por la recogida de residuos; uno de seis, 271,56 euros.

El pilar de esta estrategia municipal radica en que una Vivienda de Uso Turístico (VUT) no puede equipararse a un hogar convencional. El consistorio apunta que el visitante temporal genera, objetivamente, un mayor volumen de desechos.

Imagen aérea de la playa principal de Lloret de Mar, en la provincia de Girona / Cedida

Como pruebas, señalan el consumo masivo de envases de comida preparada, el abandono de víveres que se tiran antes de regresar a sus países de origen y la barrera que supone el desconocimiento de las normas locales de reciclaje.

La protesta de los propietarios

Esta premisa es, precisamente, la que ha encendido a la Associació Turística d'Apartaments (ATA), inmersa en una cruzada legal contra estas tasas desde que se intentaron implantar en 2017.

La patronal sostiene que la supuesta sobreproducción de basura no está fundamentada en datos empíricos y se niega a aceptar el "dogma" de que un apartamento contamina más por el simple hecho de destinarse al alquiler turístico.

En su recurso judicial, la ATA denunció que el nuevo sistema fiscal es injusto porque asume de facto que todas las plazas están ocupadas y generan residuos los 365 días del año.

Además, la asociación cuestionó la legalidad de que el Ayuntamiento imponga cuotas sin pesar de forma directa e individualizada la basura que produce cada inmueble.

Pagar por plaza, no por kilo

Sin embargo, el TSJC ha avalado por primera vez sin fisuras la tesis municipal. La sentencia asume los argumentos del consistorio y reconoce que en estos alojamientos proliferan los alimentos preparados y que los productos de limpieza o los víveres no se agotan como ocurriría en un domicilio habitual.

El fallo sentencia que, al tratarse de una actividad económica lucrativa, la vivienda turística puede y debe recibir un tratamiento fiscal más severo que el de un domicilio particular.

Así pues, no obliga a Lloret a medir "kilo a kilo" la basura de cada apartamento y tumba la exigencia de aplicar descuentos por los meses en los que el inmueble permanece vacío con el argumento de que el servicio público de limpieza está operativo y a disposición de la finca durante todo el año.

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