Bloques de viviendas en el barrio de Sants, en Barcelona

Bloques de viviendas en el barrio de Sants, en Barcelona Cedida / Agencias

Política

El Govern restringe la transmisión de viviendas en suelo público y exige que sean residencia habitual

La primera convocatoria de reserva pública supedita la concesión del suelo a los promotores a una serie de requisitos, como que se destine un 25% de las nuevas construcciones a jóvenes

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La vivienda es una de las políticas más ambiciosas del actual Govern de la Generalitat. El plan estrella del presidentSalvador Illa, para afrontar la crisis habitacional se concreta en la construcción de 50.000 nuevas viviendas sociales hasta 2030, el número más ambicioso hasta la fecha.

El objetivo del Govern es claro: aumentar la oferta de vivienda pública lo más rápido posible para dar respuesta a una de las mayores inquietudes de la ciudadanía. El Ejecutivo es plenamente consciente de que gran parte del éxito de esta legislatura dependerá de los progresos que se logre en la lucha contra la crisis de la vivienda que afecta a Cataluña.

Por esta razón, hace solo unas semanas, Illa anunció la primera convocatoria de la reserva pública de solares para construir vivienda de protección social. Una convocatoria que ya se ha hecho pública este viernes en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) y en la que se detallan las condiciones básicas.

Condiciones de transmisión

Entre los requisitos que se desprenden de la resolución, el Govern limita la transmisión y obliga al uso como residencia habitual de las nuevas viviendas construidas en suelo público.

Así, se retirará la transmisión de los derechos de superficie a los promotores que construyan las viviendas en esos solares por uso indebidocomo destinarla a fines distintos del domicilio habitual y permanente del adjudicatario o mantenerla desocupada durante más de tres meses sin la debida autorización de la Agència de l'Hhabitantes de Catalunya (AHC). Asimismo, la normativa prohíbe alquilar o ceder su uso a terceras personas.

También llevará a la extinción de la concesión el incumplimiento por parte del promotor de los deberes de conservación y rehabilitación del inmueble y de los espacios comunes y el impago de más de cinco vencimientos del préstamo hipotecario que haya obtenido por la adquisición del derecho de superficie.

En caso de herencia

Igualmente, se considera motivo de suspensión la transmisión por muerte del superficiario --quien tiene el uso de la superficie-- con la excepción de que el heredero destine la vivienda a domicilio habitual y permanente y cumpla con los requisitos de protección oficial.

La resolución establece que, en caso de que se produzca alguna de estas situaciones, la AHC podrá rescatar el derecho de superficie y destinar la vivienda a alquiler social o transmitirla a un nuevo adjudicatario.

Esta opción tiene como fin asegurar que las viviendas protegidas continúen siendo accesibles a aquellos que más lo necesitan, evitando que caigan en manos de quienes las utilicen para enriquecerse.

Categorías por terrenos

Todos los terrenos reservados para la construcción de viviendas deberán estar urbanísticamente listos para su edificación.

Estos terrenos se dividen en varias categorías: aquellos de titularidad pública que ya cuenten con un promotor y necesiten ayudas para su desarrollo; solares públicos sin promotor, cuyo propietario desee que la Generalitat lidere la construcción; y terrenos de promotores privados que busquen recibir ayudas para construir viviendas o que la Generalitat se encargue del alquiler de las viviendas resultantes.

La renta máxima de los alquileres de viviendas protegidas será determinada según la localización de los municipios y el plazo de vigencia de la cesión de los solares a favor del promotor de las viviendas será de 75 años.

Además, un 25% de las viviendas construidas estarán destinadas a jóvenes y hasta un 10% de las viviendas para personas vulnerables.

Subvenciones

Las ayudas que la Generalitat otorgará tanto a operadores públicos como privados permitirán que las viviendas se alquilen a precios más bajos que el mercado local.

Pasados 28 años desde la finalización de las obras, los promotores deberán destinar un porcentaje de los alquileres a un fondo gestionado por la Generalitat, con el objetivo de recuperar las subvenciones y compensar a los municipios que hayan cedido suelo para la construcción.

Estas ayudas serán revisadas durante los 75 años de concesión para asegurar que las viviendas sigan siendo asequibles, teniendo en cuenta la evolución del mercado y la viabilidad económica de los proyectos.