Imagen del asedio de Tsunami Democràtic al aeropuerto de Barcelona-El Prat

Imagen del asedio de Tsunami Democràtic al aeropuerto de Barcelona-El Prat EFE

Política

La Audiencia de Barcelona amnistía y archiva la causa contra 46 policías por su actuación ante el referéndum ilegal del 1-O

La justicia rechaza los recursos de las acusaciones al no ver aceptable que "una ley como la de amnistía sólo se aplique a unos y no a todos los que de una manera u otra llevaron a cabo acciones específicamente recogidas" en la norma

La ANC y Òmnium anuncia que recurrirá el caso ante el Tribunal Supremo

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Ricard López
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Actualizada

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado el auto del juzgado de instrucción número 7 de Barcelona sobre el archivo de la causa contra 46 policías antidisturbios que actuaron en el dispositivo frente al referéndum ilegal y unilateral de secesión de Cataluña del 1 de octubre de 2017.

La justicia confirma, además, la inclusión de estos agentes en la Ley de Amnistía del procés secesionista de Cataluña, impulsada por el Gobierno a cambio del apoyo de sus socios parlamentarios secesionistas -ERC y Junts- a cambio de la investidura de Pedro Sánchez en 2023.

La Audiencia declara exentos de responsabilidad criminal a los agentes implicados, entendiendo que su actuación estuvo enmarcada dentro del cumplimiento de órdenes judiciales y de la legalidad vigente.

La resolución descarta que los hechos de los que se les acusan superasen el umbral de gravedad necesario para ser excluidos de la Ley de Amnistía, estableciendo que la intervención policial se limitó a acciones de escasa duración y orientadas a garantizar el orden público.

Descartados los recursos de entidades nacionalistas

La Audiencia de Barcelona, por tanto, desestima los recursos planteados por diversas entidades nacionalistas como Òmnium Cultural y la Assemblea Nacional de Catalunya (ANC), así como Irídia, que se autodefine como "centro de defensa de los Derechos Humanos" y que, a lo largo del procés, destacó por su asesoramiento legal a numerosos simpatizantes separatistas.

La abogada del Estado, en representación y defensa de todos los agentes, impugnó dichos recursos indicando que la actuación policial estaba incluida dentro del ámbito objetivo de la Ley de Amnistía, "y que no son de aplicación ninguna de las causas de exclusión".

Amnistía

La Audiencia considera que la interpretación de las acusaciones rechazando la aplicación de la amnistía a los 46 agentes de la Policía Nacional investigados por las cargas del 1-O en Barcelona es "injusta y contraria no solo al espíritu de la Ley, sino también a los principios de equidad e igualdad que tiene que presidir cualquier ordenamiento jurídico democrático".

"No podemos aceptar que una ley como la de amnistía sólo se aplique a unos y no a todos los que de una manera u otra llevaron a cabo acciones específicamente recogidas en la Ley. Hacerlo contradeciría precisamente la voluntad del legislador de superar la grave crisis que sufrió la sociedad catalana y española durante aquel periodo", apunta la Audiencia.

El tribunal aclara que no se pretende "el olvido", como sostienen algunas de las acusaciones en sus recursos para que se revocara la amnistía a los policías, sino que el "aparato sancionador del Estado" desista "en pro del restablecimiento de la convivencia y la paz social".

No buscaron "castigar ni humillar a los ciudadanos"

Según la justicia, la finalidad de los policías "no era castigar o humillar a los ciudadanos, sino impedir -o intentar impedir- la celebración de la consulta, aunque la fuerza empleada fuera excesiva o desproporcionada" en los casos en que existían indicios de delito, motivo por el que se acordó investigarles, remarca la Audiencia.

Según la Audiencia, el legislador incluyó también en la amnistía a los agentes policiales que intervinieron el 1-O, aunque "como no podía ser de otra manera", dejó fuera los hechos que superaran el umbral de gravedad establecido, lo que entiende que no se da en este caso.

ANC y Òmnium recurrirá ante el Tribunal Supremo

Ante esta decisión de amnistiar y archivar la causa, la ANC y Òmnium Cultural han anunciado que intepondrán un recurso ante el Tribunal Supremo (TS).

La ANC considera que esta resolución judicial "hace una interpretación contraria del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos de prohibición de trato degradante o inhumano a las personas".

Por su parte, Òmnium opina que la Ley de Amnistía "no puede beneficiar, en ningún caso, a los responsables de la violencia policial", según sus palabras. Esta entidad ultranacionalista considera que "los actos investigados son delitos de torturas o tratos inhumanos".

Legalidad

En cambio, el sindicato policial Jupol ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Audiencia Provincial de Barcelona.

"Esta resolución judicial reafirma la legalidad y proporcionalidad de la actuación de los policías nacionales en el cumplimiento de su deber, durante los operativos del 1-O en Cataluña", han indicado desde Jupol.

Asimismo, el sindicato pide a instituciones y partidos políticos que "cesen en sus intentos de criminalizar la labor policial y reconozcan la importancia del trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la defensa del orden constitucional".