El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso que interpuso el Parlament de Cataluña contra el decreto que impulsó el Gobierno en octubre de 2019 para frenar la "república digital", después de haber avalado ya esta normativa el pasado marzo al rechazar las alegaciones del Govern.
Según informa el TC en un comunicado, el pleno del tribunal ha descartado el recurso de la Cámara catalana contra el Real Decreto sobre seguridad digital, aprobado en octubre de 2019 por el Gobierno español, que permite al Ejecutivo central intervenir servicios digitales si amenazan el orden público.
Recurso de los secesionistas con el apoyo de los 'comuns'
Tanto el Govern catalán como la mayoría nacionalista en el Parlament recurrieron ese decreto a final de 2019. La iniciativa surgió de Junts per Catalunya (JxCat) y ERC, a quienes apoyaron En Comú Podem y la CUP. El PSC-Units se abstuvo y Ciutadans (Cs) y PPC votaron en contra.
Por aquellas fechas, el entonces conseller Jordi Puigneró (JxCat), llegó a calificar el decreto contra sus planes secesionistas de "155 digital".
Orden y seguridad públicos
El decreto del Gobierno le permite, con carácter excepcional y transitorio, acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en tres determinados supuestos excepcionales: que puedan afectar al orden público, a la seguridad pública y a la seguridad nacional.
En su sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Laura Díez Bueso, el TC avala el decreto al concluir que en este caso concurría la "extraordinaria y urgente necesidad exigible" para aprobarlo y que la "prohibición temporal" del uso de sistemas de identificación basados en tecnologías de registro "no desborda los límites de la competencia estatal".
Recursos de la Generalitat y del gobierno vasco
El Constitucional recoge además los mismos argumentos que ya le llevaron el pasado 23 de febrero y el 19 de abril a desestimar los recursos de inconstitucionalidad contra este decreto, que habían interpuesto la Generalitat y el gobierno vasco.
La sentencia también apunta que la aprobación el pasado junio de la Ley de Comunicaciones ha supuesto que algunas infracciones que planteaba el Parlament en su recurso -relativas a la autorización previa de la Administración General del Estado en relación con las firmas y sellos electrónicos que las autonomías usan para su relación con los ciudadanos- hayan quedado sin efecto.