La modificación del delito de sedición que ha anunciado el Gobierno de Pedro Sánchez beneficiará al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, fugado de la justicia y procesado por este delito y el de malversación. No sólo porque ya no se le podrá juzgar por ese tipo penal, sino porque el delito alternativo ideado por Moncloa reduce las penas de modo que, si el juez instructor Pablo Llarena cambia uno por otro, la prescripción pasará de los 20 a los 10 años. Transcurrido ese tiempo, la responsabilidad penal habrá expirado.
El Tribunal Supremo (TS) ya juzgó y condenó por el procés al exvicepresidente Oriol Junqueras y a otros 11 mandatarios que impulsaron el referéndum ilegal y la declaración unilateral de independencia de Cataluña en octubre de 2017. Pero el instructor del caso todavía aguarda a que los cinco procesados por el 1-O fugados de la justicia en otros países --Puigdemont, los exconsellers Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig y la dirigente de ERC Marta Rovira-- regresen a España para poder continuar el procedimiento contra ellos.
Beneficios para los prófugos
Puigdemont, Comín y Ponsatí se encuentran procesados por los delitos de sedición y malversación, mientras que Rovira lo está por sedición y a Puig no se le achaca ese delito, sino los de desobediencia y malversación. Por eso, la desaparición de este tipo penal les afectará a todos menos a este último, cuya situación permanecerá invariable.
Puigdemont y los otros tres procesados por sedición se beneficiarán de la modificación de este delito en la medida en que ya no podrán ser juzgados por el mismo. Así, pasarán de enfrentarse a una pena de entre 10 y 15 años de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación por sedición, a una pena de entre 3 y 5 años de cárcel y 6 y 8 de inhabilitación por el delito propuesto de desórdenes públicos agravados, en el caso de que Llarena reemplazara uno por otro.
La prescripción se reduce a la mitad
Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press destacan el impacto de la reforma penal en los plazos de prescripción de los presuntos delitos. Conforme al artículo 131 del Código Penal (CP), actualmente el tiempo que debe transcurrir para que se extinga la responsabilidad penal es de 20 años para todos los procesados por sedición, Puigdemont incluido.
Pero si se intercambiara la sedición por el futuro delito de desórdenes públicos agravados, la prescripción caería a los 10 años, porque es el plazo contemplado cuando "la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de 5 años y que no exceda de 10", como sería el caso. Las citadas fuentes apuntan que se trata de la misma prescripción vigente para la malversación.
Una vez extinguida la responsabilidad penal, los líderes independentistas podrían regresar a España sin tener que enfrentarse a la justicia, pero las fuentes hacen hincapié en que se trata de un asunto complejo porque desde que se cometieron los hechos delictivos, en 2017, el plazo de prescripción ha comenzado a correr y se ha vuelto a poner a cero varias veces. De hecho, subrayan que el supuesto más complicado es el de Puigdemont.