La Junta Electoral Central (JEC) ha recordado al Parlamento Europeo que Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat fugado de la justicia por el procés secesionista catalán, carece de credencial como eurodiputado después de no haber prometido ni jurado la Constitución Española, tal como requieren las leyes del país.
La JEC sugiere al prófugo que acuda al Congreso de los Diputados, en Madrid, para cumplir con ese trámite, condición necesaria para recoger su acta como eurodiputado. Algo que Puigdemont no ha hecho --dada su condición de fugado en Bélgica desde finales de octubre de 2017-- tras ser elegido como cabeza de lista de Junts.
Tres fugados y el recambio de Junqueras, afectados
La JEC ha hecho este emplazamiento en un escrito que responde a la petición de la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, que pidió a la Junta que confirme si el expresidente de la Generalitat y otros eurodiputados de Junts también huidos y reclamados por la justicia española --Clara Ponsatí y Toni Comín-- están en la lista de los 59 cargos que fueron proclamados electos en las elecciones europeas de 2019.
La resolución ha sido adoptada por unanimidad de 12 miembros de la JEC, y emplaza tanto a Puigdemont, Ponsatí y Comín como a Jordi Solé --sustituto de Oriol Junqueras (ERC) en la Eurocámara-- a que arreglen su situación "en cualquier momento acudiendo a cumplimentar el mismo requisito que han formalizado los otros 55 diputados electos del Reino de España".
La JEC responde a Metsola que este organismo ya comunicó en su día a la Eurocámara la lista de diputados electos que reúnen las condiciones para ser reconocidos como diputados: "En los cuatro únicos supuestos que no se ha podido expedir la credencial, el motivo ha sido la voluntad de los cuatro afectados de no cumplir los requisitos sin que la JEC pueda suprimir esa omisión voluntaria".
Piden que sus escaños queden vacantes
La Junta subraya que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) exige prometer o jurar el cargo para obtener la credencial: "En tanto se mantenga en vigor el artículo 224.2 de la LOREG y ningún tribunal nacional o de la Unión Europea ponga en cuestión su vigencia, la Administración electoral española tiene el deber de seguir aplicándolo". Por esta razón, "la Junta Electoral Central considera que el señor Puigdemont no ha adquirido la condición plena de diputado al Parlamento Europeo, al no haber cumplido el requisito de acatamiento constitucional previsto".
En consecuencia, para la JEC ese escaño "debe quedar vacante temporalmente hasta que se produzca ese acatamiento, con la consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas en los mismos términos". Los mismos motivos se aplican a los otros tres eurodiputados electos que tampoco han cumplido ese requisito.
El Tribunal Supremo ya dio la razón a la JEC sobre este caso, aunque su resolución fue recurrida al Tribunal Constitucional, que aún no se ha pronunciado.