El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reafirmado su decisión de no admitir a Òmnium Cultural como parte afectada en la causa sobre las sentencias firmes que instan a impartir al menos un 25% de las clases en castellano en el actual sistema educativo monolingüe obligatorio en catalán de Cataluña.
La justicia argumenta que esta entidad ultranacionalista subvencionada por la Generalitat no es destinataria del servicio público educativo.
Recurso desestimado
El tribunal ya se había pronunciado en este mismo sentido en junio, pero Òmnium recurrió la decisión, recurso que ha sido rechazado por los magistrados.
El TSJC ya argumentó en aquel momento que Òmnium no estaba legitimada por su falta de vinculación con este asunto, al considerar que sus estatutos son genéricos al fijarse como objetivo "el fomento, el desarrollo y la defensa de la lengua y la cultura catalanas en todos los ámbitos de la ciencia, las artes, las letras, el pensamiento y los medios de comunicación, en todos los sectores de la sociedad", pero no mencionan la educación en concreto.
Diferencias respecto a AEB
En cambio, la entidad secesionista argumentó que sí tiene una vinculación material con el fondo de la causa, porque "la defensa y promoción de la lengua catalana es una cuestión transversal en todos los aspectos de la sociedad, especialmente la cuestión relativa a la juventud y, por ende, en el sistema educativo".
Òmnium Cultural también reprochó un trato supuestamente discriminatorio respecto a la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), defensora del bilingüismo en las aulas que sí ha sido admitida en la causa. La entidad secesionista subvencionada por el Govern cree que "se encuentra en un supuesto idéntico" al suyo.
"No especifica" cómo le afecta a Òmnium
El tribunal reitera que el objeto de la sentencia es "mucho más específico" que los objetivos estatutarios de Òmnium, dado que el procedimiento hace referencia al uso de las lenguas en la educación pública, y cree que ello no está directamente reflejado en los fines de la entidad.
"Además de no especificar cómo resultaría afectada Òmnium, o sus asociados, en sus derechos o intereses legítimos de ejecutarse la sentencia, más allá de que existan el 25% de horario lectivo en castellano o catalán que señala la parte dispositiva de la sentencia, la personación si no es para demandar la ejecución de la sentencia no tiene cabida alguna en el ordenamiento jurídico", recuerda el TSJC.
Piensan ir al Constitucional
Òmnium Cultural ya anunció la semana pasada su intención de personarse ante el Tribunal Constitucional (TC) como supuesta parte afectada después de que este Alto Tribunal aceptara estudiar la inconstitucionalidad de la ley que reafirma el catalán como única lengua vehicular en las aulas de Cataluña, elaborada por la Generalitat después de las sentencias firmes del TSJC que obligan a impartir al menos un 25% de clases en castellano en el sistema educativo de la autonomía.
El presidente de Òmnium, Xavier Antich, explicó que su entidad se personará contra lo que considera "una intromisión en las aulas ideológica y antidemocrática, y por el derecho de todo el mundo a la escuela en catalán" (sic). "Los poderes del Estado continúan haciendo de activistas contra la escuela, la lengua y las instituciones catalanas", añadió.