La Junta Electoral ordena el cese del alcalde de Cabrera (ERC) condenado por prevaricación
El acuerdo de la JEC recuerda los casos de Torra y Juvillà, en los que también se ordenó dejar sin efecto sus credenciales sin sentencia firme, por lo que anticipa la situación de Borràs
6 septiembre, 2022 18:39La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado el cese de Jaume Gorrea (ERC) como alcalde de Cabrera d’Anonia, condenado por prevaricación. El acuerdo de la JEC, que declara la inelegibilidad de Gorrea y ordena retirar sus credenciales como edil recuerda, anticipa la situación en la que puede quedar la presidenta del Parlament, Laura Borràs, si es condenada por prevaricación y falsedad. Los miembros de este órgano tienen en cuenta que la sentencia del republicano no es firme, pero al igual que ocurrió con Quim Torra (Junts per Catalunya) y Pau Juvillà (CUP) precisan que su resolución no es judicial, sino que aplica las previsiones de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General).
Gorrea se resiste a dejar su cargo pese a la condena de cuatro años de inhabilitación que pesa sobre él por adjudicar de manera irregular unas obras en 2011.
En un pleno municipal solicitado por la oposición (PSC-CP), que tenía como objetivo iniciar un trámite para su sustitución, Gorrea dejó claro que no entregaría el bastón de mando mientras la sentencia por prevaricación no sea firme.
Los hechos juzgados
La sentencia por prevaricación se debe a la adjudicación irregular de unas obras de saneamiento en el camino que une Caneletes y Sant Jaume Sesoliveres, cuyo coste ascendía a 200.000 euros. Aunque este importe requería de la aprobación del pleno municipal, el alcalde presentó ante la justicia actas de sesiones con acuerdos que no se habían producido. “El juez seguro que ha aplicado la ley, pero también es seguro que no se ha hecho justicia”, se justificó el alcalde en una carta abierta a los vecinos.
En su resolución --a la que ha tenido acceso Crónica Global y que responde a la petición de cese de la coalición Candidatura de Progrés--, la JEC considera que concurre en el edil causa de inelegibilidad, a pesar de que la sentencia no es firme, por lo que ordena dejar sin efecto la credencial del concejal “declarando su vacante y expedir al siguiente candidato de la lista de Units per Cabrera-Esquerra Repúblicana-Acord Municipal, con que concurrió a las elecciones de 26 de mayo de 2019”.
"Ejemplaridad social"
La Junta considera que “en el presente caso, no estamos ante la ejecución de una pena, sino ante un efecto extrapenal que el legislador ha establecido para el supuesto de determinados delitos, aun cuando la sentencia no sea firme, por entender que los cargos públicos tienen una obligación de ejemplaridad social, especialmente intensa y que por eso basta la condena penal por uno de esos delitos para que se incurra en el supuesto de inegilibidad prevista en el artículo 6.2.b) de la LOREG”.
Este artículo señala que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la Administración Pública cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público
Los miembros de la JEC recuerda otros casos similares, como el del expresidente de la Generalitat Quim Torra, inhabilitado por desobediencia y cuya credencial para ejercer cargo público también quedó sin efecto, o más recientemente el del diputado de CUP Pau Juvillà, condenado por desobediencia. El acuerdo de la JEC anticipa la situación en la que quedará Laura Borràs, presidenta del Parlament, si es condenada por prevaricación y falsedad.