La justicia desestima la demanda del PDECat y permite a JxCat usar su nombre
La jueza no ve irregularidades en la asamblea que desembocó en el control de las siglas de Junts por los afines de Puigdemont
7 julio, 2022 16:26Una jueza de Barcelona ha desestimado la demanda presentada por el PDECat y ha reconocido el derecho de Junts per Catalunya (JxCat) a seguir utilizando su actual nombre como partido.
La titular del juzgado de primera instancia número 3 de Barcelona ha resuelto en su sentencia el litigio que enfrentaba a ambos partidos nacionalistas herederos de la antigua Convergència (CDC): el PDECat y su formación sucesora JxCat, al no apreciar irregularidades en la asamblea del 27 de junio de 2020 que acabó desembocando en el control de las siglas de esta última por personas afines al expresidente de la Generalitat fugado Carles Puigdemont.
La jueza ha acordado, además, imponer al PDECat el pago de las costas del juicio.
Posible recurso
En lo relativo a la asamblea que el PDECat reclama anular, la sentencia sostiene que no "consta acreditada la concurrencia de interés legítimo" por parte de este partido para solicitarlo, incluso "en el negado supuesto de considerar que los acuerdos adoptados por el partido político JxCat (...) pudieran constituir una contravención directa de normativa imperativa".
La sentencia, de todas formas, no es firme, por lo que cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación contra ella en el plazo de 20 días desde su notificación.
El nombre de JxCat se presentó por primera vez en las elecciones autonómicas catalanas de 2017 como una candidatura impulsada por el PDECat y liderada por el convergente Carles Puigdemont, después de la disolución del Govern por la aplicación del artículo 155 de la Constitución, y que tenía muchos perfiles independientes en su candidatura. JxCat no se constituyó como partido hasta 2018, y no sería hasta 2020 que comenzaría a tener actividad política como tal, puesto que hasta entonces la marca hacía referencia a una coalición electoral entre esta formación, el PDECat y la ahora extinta Convergència (CDC).
Argumentos del PDECat
En su demanda, el PDeCAT destacó que JxCat "contaba con tres afiliados al tiempo de constituirse, carecía de activos, de NIF y de ingresos y gastos que le permitiera un funcionamiento autónomo", y que siempre había concurrido en coalición con del PDECat, cuyos candidatos siempre fueron de esta formación --procedentes de la antigua Convergència-- o independientes.
Asimismo, el PDECat destacó que eran ellos quienes se hacían cargo del total "de las obligaciones contables de la coalición", integrando en sus cuentas anuales la totalidad de la contabilidad electoral.