El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido la legitimidad de un padre de dos hijos que estudian en una escuela catalana para personarse en el proceso de ejecución forzosa de la sentencia que obliga a impartir, al menos, un 25% de las clases en castellano en todo el sistema educativo catalán.

Esto abre la puerta a que, en adelante, cualquier progenitor pueda exigir judicialmente el cumplimiento de la sentencia en cualquier colegio en el que no se respete a partir de final de mayor, cuando termina el plazo otorgado por la justicia a la Consejería de Educación. Una condición --la de parte legitimada-- que ya se le había concedido también a la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB).

Padres y alumnos, "afectados"

"No hay duda de que la ejecución de la sentencia tendrá repercusiones prácticas en los centros individualmente considerados, centros donde reciben diariamente sus clases los alumnos, por lo que tanto sus padres como ellos resultan afectados en el transcurso normal de la vida escolar como usuarios singulares del servicio público de enseñanza", señala el auto de la sección quinta de la sala contencioso-administrativa del TSJC para justificar la legitimación del padre de dos niños que estudian primero de ESO.

El tribunal se basa en una sentencia previa del Tribunal Supremo del 7 de junio de 2005, donde se recoge que no solo pueden instar a la ejecución u oponerse al fallo quienes se hayan personado en la fase declarativa, "sino cualquier persona que pueda verse afectada por la sentencia".

Un voto particular

El fallo tiene un voto particular de la magistrada Maria Fernanda Navarro de Zuloaga, que rechaza que una persona particular pueda ser considerado como parte afectada en una sentencia que afecta a todo el sistema educativo catalán, y cuya incidencia es colectiva.



Esta juez critica que "la aceptación de reclamaciones singulares en ejecución de sentencia convierte este incidente en una especie de mecanismo exprés para canalizar reclamaciones directas al tribunal".

Una asociación de guardias civiles, sin legitimidad

Por otra parte, el mismo auto rechaza la legitimidad de la Asociación Profesional de Justicia Guardia Civil (JUCIL) para exigir la ejecución forzosa de la sentencia del 25% en español porque "no se aprecia una relación entre la conciliación de la vida personal y laboral alegada por los miembros a los que representa la asociación y el contenido de la decisión de la sentencia".

La JUCIL pedía la ejecución forzosa de la sentencia y que se la considerara como parte afectada, así como medidas que garantizaran que cualquier hijo de Guardia Civil pueda estudiar en castellano en al menos un 25% de las asignaturas, y una indemnización de 450 euros trimestral por cada agente con hijos en edad escolar en Cataluña por cada trimestre de incumplimiento.