Torra acumula condenas: suma 15 meses más de inhabilitación por desobediencia
El TSJC vuelve a penar al expresidente de la Generalitat en la segunda causa por desafiar a la justicia y no descolgar una pancarta independentista en periodo electoral
11 mayo, 2022 11:30El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al expresidente de la Generalitat Quim Torra a otros 15 meses de inhabilitación en la segunda causa por desobediencia al no descolgar una pancarta de la fachada de la Generalitat. La sentencia también le impone una multa de 24.000 euros y se ha comunicado menos de dos semanas después de que el mismo estamento judicial diera por cumplida la primera condena de inhabilitación del independentista, también por desobediencia.
Se trata de la segunda condena a Torra por el mismo delito. En este caso, por no retirar una pancarta procesista en periodo electoral antes de las elecciones del 10 de noviembre de 2019. En la primera, el TSJC le condenó a un año y medio de inhabilitación por mantener otro cartel secesionista en el balcón de la Generalitat, un edificio público, antes de las elecciones generales del 28 de abril del mismo año.
Plantón a la justicia
El hecho de desoír las órdenes judiciales que le obligaban a retirar las pancartas --que incluían lazos amarillos o mensajes sobre los "presos políticos"-- ya le costó a Torra su cargo en septiembre de 2020. En esta segunda sentencia, la juez condena a Torra por un delito de desobediencia al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tras un juicio que se celebró sin la presencia del expresidente catalán, que poco antes de la vista oral anunció a través de su cuenta de Twitter que no participaría en una "farsa".
La titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona le ha impuesto también ocho meses de multa con una cuota diaria de 100 euros. Se ha dictado apenas días después de que el TSJC diera por liquidada la condena a año y medio de inhabilitación que le impuso en diciembre de 2019, en ese caso por no cumplir, dentro del plazo establecido, con la orden de la Junta Electoral Central para que retirara lazos y pancartas a favor de los políticos presos de los edificios públicos en la campaña del 28 de abril de 2019.
"Negativa abierta" a obedecer
La jueza recuerda en la sentencia que Torra fue requerido para retirar la pancarta, una medida cautelar que acordó el TSJC a raíz de un recurso interpuesto por la entidad Impulso Ciudadano y que invocaba la vulneración del deber de objetividad. Antes de ese requerimiento, al conocer la medida cautelar que tomó el TSJC, la oficina de presidente de Torra había emitido un comunicado "manifestando su voluntad de recurrir y de no retirar la pancarta".
Para la jueza, ese comunicado mostraba la "negativa abierta" de Torra a cumplir con la orden de retirar la pancarta. La jueza constata que, una vez requerido, Torra "no cumplió de forma inmediata" con la orden del tribunal, con lo que el tribunal tuvo que ordenar a los Mossos d'Esquadra que retiraran la pancarta después de varios requerimientos.
Doble revés del TC
Además, el pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por el expresidente contra la ejecución de su primera condena. Torra ya había presentado otro recurso de amparo el pasado mes de febrero dirigido exclusivamente hacia el fallo, que también fue rechazado.
En este último recurso, el expresidente alegaba la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de derecho al recurso y a la tutela cautelar, porque la ejecución de la sentencia habría impedido, por un lado, el acceso efectivo a la jurisdicción constitucional y, por otro, a que el TC pudiera acordar la suspensión cautelar de la ejecución de su condena. Sin embargo, el fallo del Tribunal de Garantías, del que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, desestima la pretensión de Torra al entender que en ningún caso se produjo una vulneración de los derechos invocados.