Junts per Catalunya (JxCat) ha registrado una propuesta ante el Congreso para ampliar a seis meses el plazo --actualmente de tres días-- para decidir el orden definitivo de los apellidos de los hijos. La formación independentista alega que el periodo actual que establece el Código Civil no respeta el posparto de las madres, máxime si han dado a luz por cesárea, que las obliga a un periodo de recuperación más largo.
La proposición se debatirá en la Comisión de Justicia y busca que el Congreso emplace al Gobierno a impulsar esta reforma en aras de la “igualdad de género de forma coherente, justa y real”. Si bien JxCat reconoce que la reforma de 2011--en la que dejó de tener prevalencia el apellido paterno-- supuso un "notorio avance" por "dejar atrás las reglas clásicas de atribución de apellidos, históricamente sometidas a un régimen patriarcal", la considera insuficiente.
Confirmación a los seis meses
Ahora, JxCat defiende que se confiera un carácter provisional a la inscripción inicial y que a los seis meses se pueda confirmar o cambiar el orden de los apellidos en el Registro. Según su propuesta, si transcurrido ese medio año no se produce ninguna comunicación se mantendrá el orden que se eligió inicialmente.
Así, argumentan, la madre podrá recuperarse correctamente "de su convalecencia posparto y decidir, de mutuo acuerdo con el otro progenitor en su caso, el orden de atribución de los apellidos". Un periodo de especial vulnerabilidad para las mujeres y que, en ocasiones, va a acompañado de episodios depresivos.
Facilitar el cambio de orden
Además de esta ampliación, JxCat solicita también que se facilite el cambio del orden de los apellidos, sin que sea necesario alcanzar la mayoría de edad para decidirlo. Hasta ahora, los progenitores tienen la posibilidad de solicitarlo pero siempre que se cumplan una serie de requisitos.
El más estricto es que "el apellido en la forma propuesta constituya una situación de hecho, siendo utilizado habitualmente por el interesado".Sin embargo, esa fórmula lleva, en opinión de la formación , a un "callejón sin salida" porque para poder cumplir con este requisito es necesario que el ciudadano obre de manera incorrecta. De hecho, para generar antecedentes y pruebas de que el menor usa un orden distinto al que consta en el Registro, sus progenitores deben proceder "de forma irregular ante las instituciones", e inscribirlo ante los organismos con un orden distinto al que le fue asignado oficialmente.