El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha procesado a Roger Torrent, expresidente del Parlamento catalán, por desobediencia. La sala civil y penal de la alta instancia judicial ha enviado a juicio al ahora consejero de Empresa y al resto de la Mesa del Parlament por avalar la discusión y el voto de dos mociones sobre la independencia de Cataluña y la jefatura de Estado. 

En un auto y una interlocutoria emitidos hoy, el TSJC precisa que existen indicios de que Torrent, Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado cometieron delito de desobediencia grave, el tipo que recoge el artículo 410 del Código Penal. 

Fiscalía

El caso judicial contra Torrent y el resto de la Mesa del Parlament emana de escritos de la Fiscalía Superior de Cataluña. El ministerio público se querelló contra el ahora conseller y el resto de miembros del órgano de gobierno --que, al ser aforados en el momento de los hechos, deben ser juzgados en el TSJC-- de la Cámara catalana por dos iniciativas parlamentarias relacionadas con la monarquía y la secesión catalana. 

La magistrada instructora, María Eugenia Alegret, concluye ahora que hay indicios de delito de desobediencia, por lo que notifica a las partes para que, si lo estiman oportuno, presenten sus escritos de acusación y soliciten la apertura de juicio oral o pidan el archivo de la causa. 

Respuesta a la sentencia del 'procés'

En el centro del caso están dos resoluciones que votaron tres partidos del Parlamento catalán en 2019 como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo a los encausados por el procés. Junts, ERC y la CUP reiteraron en el hemiciclo autonómico su compromiso con la senda hacia la separación catalana y reprobaron al rey, Felipe VI. 

Los tres partidos lo hicieron pese a las advertencias del Tribunal Constitucional en relación a las resoluciones parlamentarias sobre las dos materias. En aquel momento, el propio Roger Torrent aseguró que "asumiría todas las consecuencias" del debate parlamentario que vulnera las propias competencias de la Cámara. 

El Constitucional avisó

Antes, el Tribunal Constitucional había advertido expresamente a los miembros de la Mesa del Parlament de que una sentencia de 2 de diciembre de 2015 anulaba y dejaba sin efecto la declaración parlamentaria anterior de inicio del proceso de independencia. 

La instancia judicial indicó a los diputados que debían abstenerse de realizar cualquier actuación referente a las dos mociones. Sin embargo, la Mesa admitió a trámite las dos propuestas de resolución y permitió que se votaran.