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Así ataca el Govern los derechos de los padres para blindar la inmersión

La Generalitat no desobedece, recurre las sentencias con el argumento de que las familias no tienen legitimidad para cambiar un proyecto lingüístico, sin atreverse a cuestionar el castellano

6 noviembre, 2021 00:00

Detrás de la soflama nacionalista del consejero de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, quien insta a desobedecer las sentencias que obligan a escolarizar a los alumnos también en castellano, hay un departamento que recurre esas resoluciones con argumentos muy astutos. Según los recursos presentados ante el Tribunal Supremo, a los que ha tenido acceso Crónica Global, el Govern niega la legitimidad de las familias para cambiar el proyecto lingüístico de todo un centro escolar, pero no entra en el fondo, es decir, que no cuestiona que el castellano también deba ser lengua vehicular, más allá del debate sobre los porcentajes. Dicho de otra manera, la consejería niega la potestad de los padres, no solo a elegir el modelo educativo, sino a defender sus derechos.

Hasta ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado seis proyectos lingüísticos donde el castellano no alcanza ni el 25% de las horas lectivas, tal como ordenan diversas sentencias. A los dos primeros proyectos anulados del pasado marzo, se han sumado cuatro nuevos centros educativos. Se trata de la Escola Puig de les Cadiretes de Llagostera (centro público); la Escola Frangoal de Castelldefels (concertado), Escola Aura de Reus (concertado), Institut Els Pallaressos de Els Pallaressos (centro público), Escola Bogatell de Barcelona (público) y Escola Josefina Ibañez de Abrera (público).

Habrá más sentencias

“Pero habrá más. Este noviembre se esperan dos nuevas resoluciones”, explica José Domingo, presidente de Impulso Ciudadano, entidad que asesora a las familias que reclaman su derecho a escolarizar a sus hijos en castellano. Y hay más recursos. Lejos de explicar qué fórmula se utilizará en los centros para adaptar los proyectos lingüísticos a las resoluciones judiciales, el consejero Cambray instó a “rebelarse” contra las mismas.

A juicio de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), lo lógico es que reconozcan que tanto catalán como castellano son lenguas vehiculares y garanticen en todos los cursos escolares que se impartan al menos un 25% de materias en castellano o en catalán con independencia de la realidad social del entorno del centro educativo. Ana Losada, presidenta de esta entidad que también apoya a los recurrentes, ve bastante postureo en las declaraciones del consejero pues, según afirma, “las sentencias se cumplen, los proyectos se anulan y ellos recurren. Ni los directores se van a enfrentar a multas y a las advertencias del tribunal, ni el conseller va a perder su puesto de trabajo”.

Ana Losada, presidenta de la Asociación Escuela Bilingüe / EP

Ana Losada, presidenta de la Asociación Escuela Bilingüe / EP

Recursos del Govern

En este sentido, este medio ha accedido a las alegaciones presentadas por la Generalitat ante el TSJC, así como en el recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo. El Govern incide en la legitimidad de los padres para impugnar un proyecto lingüístico que, según indican, no solo afecta a un alumno, sino a todo el centro. Esto es, “la falta de legitimación activa del recurrente, dado que esta pretensión excede del reconocimiento de una situación jurídica individualizada de los hijos del recurrente, al tener efectos generales para todos los alumnos del centro”.

Considera la Generalitat que otras sentencias del Supremo avalan ese planteamiento. “Concluyeron que, en lo que se refiere al uso de las lenguas vehiculares en la escuela, solo se tiene legitimación activa para el reconocimiento de situaciones jurídicas individualizadas y no para ejercer pretensiones de alcance general”.

José Domingo, presidente de Impulso Ciudadano / EP

José Domingo, presidente de Impulso Ciudadano / EP

Por tanto, “el recurso de casación que se prepara no discute la pretensión principal resuelta por el apartado 2 del fallo de la sentencia (reconocimiento del derecho de los hijos del recurrente a recibir durante su enseñanza obligatoria, junto con sus condiscípulos, en el centro y curso en el que sigan sus estudios, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular en proporción razonable), sino que se dirige exclusivamente contra el apartado 3 del fallo, en el que se anula el proyecto lingüístico de toda la escuela”.

Matiz relevante

El matiz, a juicio de José Domingo, es muy relevante, pues “no entra en el fondo, sino que ataca la legitimidad de los padres, el aspecto formal. No se atreven a negar que el castellano también debe ser lengua vehicular, sino que niegan a los padres el derecho a poner impugnar. No pueden elegir el modelo educativo ni defender sus derechos”. Domingo confía en que el Supremo avale esa legitimidad.

Uso del castellano en los colegios catalanes, según un estudio de la AEB

Uso del castellano en los colegios catalanes, según un estudio de la AEB

La Generalitat asegura cumplir con la “conjunción lingüística”, esto es, que los alumnos adquieren plenas competencias comunicativas y lingüísticas de las lenguas oficiales al final de la educación Primaria, independientemente de la lengua familiar de los alumnos”. Por ello, entienden que “la pretensión del recurrente de fijar el uso del castellano como lengua vehicular en una proporción equivalente o paritaria con la lengua catalana no está justificada, ni se ampara en ninguna norma legal o reglamentaria, no ha estado nunca reconocida por ninguna resolución judicial, ni tampoco resulta justificada atendiendo a la realidad social en la que se aprecia un retroceso del conocimiento y el uso de la lengua catalana”.

"Un informe no cerrado"

En el caso de la Escuela de Llagostera (Girona), los padres recurrentes indican que “en lo que hace referencia a la realidad sociolingüística de la zona, se ha de entender que el catalán está plenamente normalizado. De hecho, en el propio proyecto lingüístico se reconoce que el curso 2018-19 (curso de la encuesta), el 60,2% de las familias de los alumnos son de lengua materna catalana, el 28,7% de lengua materna castellana y el 11,1% de lengua materna extranjera”.

Informe del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo

Informe del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo

En sus alegaciones en otro proceso de impugnación escolar relativo a la Escola Vinya del Sastret (Sant Esteve de Sesrovires) --pendiente de resolución--, la Generalitat invoca los informes elaborados por el Consejo de Evaluación de Cataluña (CEC), un órgano al que hizo referencia Cambray el pasado jueves para asegurar que, en 2006, el 56% del alumnado se dirigía siempre o casi siempre en catalán al profesorado, un porcentaje que ha bajado hasta el 39% en 2021. La interacción entre alumnos, del 67% al 21%. Fuentes de la Consejería de Educación han rehusado facilitar ese estudio porque aseguran que “no está cerrado”.

En esa demanda, el Govern adjunta el Informe técnico sobre el conocimiento de las lenguas catalana y castellana del alumnado de Cataluña, con fecha de marzo de 2020 y elaborado por el CEC, en el que se asegura que en Cataluña "no hay dos grupos diferenciados respecto al aprendizaje de las dos lenguas cooficiales, ya que el alumnado que obtiene buen rendimiento en una competencia lingüística también lo hace en la de otra lengua". Asimismo, afirma que "a lo largo de la escolarización obligatoria, el sistema educativo catalán es capaz de minimizar las diferencias de rendimiento en lengua castellana que se producen dentro de una misma escuela". Y que "la proporción de alumnado que no logra la competencia lingüística en lengua castellana no es atribuible al modelo lingüístico aplicado en Cataluña, dado que el porcentaje situado en nivel bajo es muy parecido al del alumnado que no logra la competencia en lengua catalana".