Solicitud de rectificación de la sra Laia Bonet al artículo publicado el 25 de octubre de 2021 con el título Laia Bonet relega al funcionario de movilidad investigado por Anticorrupción.
Según la disposición del artículo 1 y siguientes de la LO 2/1984, de 26 de marzo, de Derecho de Rectificación, en relación al artículo 85.2 de la LOPDGDD, la sra Laia Bonet asegura que:
"El Ayuntamiento de Barcelona, quiere expresar su total discrepancia ante las informaciones aparecidas en la publicación digital de CRONICA GLOBAL MEDIA, en el artículo publicado el 25 de Octubre de 2021, titulado 'Relegado un funcionario de Movilidad investigado por Anticorrupción', por lo que aquí ejercitamos nuestro derecho de rectificación, al cual avalan los siguientes datos y hechos:
Que la Sra. Laia Bonet Rull, Teniente de Alcaldía y Regidora de Movilidad del ayuntamiento de Barcelona, no ha procedido a relevar de su cargo al Sr. Manuel Valdés. El mismo continúa actualmente en su cargo como Gerente de Movilidad e Infraestructuras ejerciendo las responsabilidades propias del cargo.
Que el Sr. Oriol Altisench se incorpora en el equipo de la Regidoría de Movilidad, como gerente adjunto de Movilidad, reforzando la gerencia de Movilidad e Infraestructuras, asumida por el Sr Manuel Valdés y que es el órgano superior inmediato conforme se deriva del Decreto de la Comisión de Gobierno de 22 de abril de 2021 de actualización del organigrama de la Gerencia de Movilidad e Infraestructuras y del Decreto de alcaldía de 21 de octubre de 2021, de nombramiento del Sr. Altisench, ambos publicados oficialmente en la Gaceta Municipal de 26 de abril y 26 de octubre de 2021, respectivamente.
La declaración del Sr. Valdés en el Juzgado Contencioso-Administrativo 11 de Barcelona lo ha sido por su proposición y asimismo no se ha practicado la prueba.
En lo relativo a investigaciones de Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público por el caso de las motos compartidas vinculándolo con la fiscalía penal, así como también la afirmación relativa a su condición de investigad por Fiscalía, cabe aclarar que:
- Una empresa de motos compartidas presentó recurso, que no denuncia, ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, órgano especializado en el control en materia de contratación del sector público.
- Este recurso ni tan siquiera fue admitido a trámite, pues en fecha 25 de marzo de 2021 (hace más de 7 meses), así lo decidió el propio Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público conforme a su resolución 95/2021.
- La Fiscalía ha archivado todas las investigaciones que se hayan realizado por este asunto al no encontrar ningún indicio de delito (Decreto de fecha 18 de junio de 2021, Diligencias 61/2021, en el que puede leerse literalmente que el Sr. Valdés, más allá de haber sido denunciado, no llegó a adquirir la condición de investigado.
El Ayuntamiento de Barcelona inició un proceso para aumentar el número de licencias de motos compartidas, sin que exista Ley que obligue a un número de licencias por operador, debiendo destacar que hasta a fecha la única sentencia que se ha dictado sobre el proceso de ampliación de licencias ha sido favorable al ayuntamiento, rechazando el recurso de la empresa de motos compartidas imponiéndole además las costas (Sentencia núm. 302/2021 de fecha 15 de Octubre de 2021 dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo de Barcelona).
En resumen, todos los procedimientos iniciados en el marco del conflicto con las empresas de motor compartidas han finalizado con resoluciones favorable a la actuación del Ayuntamiento de Barcelona."