La Audiencia de Barcelona ha rechazado el recurso de la Generalitat contra la causa abierta contra una profesora que supuestamente agredió a una alumna en Terrassa (Barcelona) por pintar una bandera española. La sala mantiene la incoación del procedimiento por delito leve de lesiones o maltrato de obra.
La justicia abrió una investigación contra la docente tras escuchar a otras profesoras de la escuela Font d'Alba de Terrassa y después de que la familia de la menor denunciara los hechos ante los Mossos d'Esquadra y en el juzgado.
Agresión por un dibujo
Según la versión de la familia, como consecuencia de un dibujo que había solicitado la investigada, la pequeña "dibujó una bandera de España y puso el eslogan Viva España”. Al verlo, la tutora cogió la silla donde la menor se hallaba sentada "retirándola con fuerza hacia atrás, con lo que ésta cayó al suelo de espaldas".
Como consecuencia del golpe "y según manifiesta la menor tiene una hernia en la parte derecha de la ingle, sintiendo un pinchazo muy fuerte en ese lado, además del ocasionado por la caída". Una vez en pie, la profesora la empujó por el cuello, "la dejó fuera de clase chillándole 'espero que mañana vengas más fina', rompiendo la continuación el dibujo y diciéndole 'no banderas'”.
La denuncia adjuntó un informe médico, dado que la alumna tuvo que ser atendida al sentir molestias en la espalda y en una mano.
Los hechos denunciados
El pasado 15 de marzo, el Juzgado de Instrucción número 2 de Terrassa abrió diligencias contra la docente por un presunto delito leve de lesiones o maltrato. La Generalitat presentó un recurso contra la resolución y pidió el archivo definitivo de la causa. El Departamento de Educación abrió un expediente disciplinario a la maestra, pero concluyó que "no se ha podido evidenciar un maltrato físico". Dicho expediente se encuentra paralizado a la espera del resultado del procedimiento judicial.
La fiscalía se opuso al archivo. Alegó que "no es dable en este momento y fase procesal efectuar una suerte de pronunciamiento prematuro, por anticipado, y a la sazón precipitado, con la clausura del procedimiento penal, ya que no puede de antemano descartarse plenamente que los hechos denunciados no revistan caracteres penales, exclusivamente por lo que hace referencia al delito de lesiones o maltrato de obra", indica el auto de la Sección Décima de la Audiencia al que ha tenido acceso Crónica Global.
La familia denuncia delito de odio
La familia denunciante califica los hechos como un delito de odio, al considerar que la profesora es activista independentista. Aun así, la Audiencia entiende que encajan más en uno de lesiones leve o maltrato de obra.
"Los hechos relatados en la denuncia inicial tienen difícil encaje en un presunto delito de odio, desde la perspectiva de las exigencias del alto tribunal para su apreciación, pues tales hechos, que no expresiones, caso de haberse efectivamente efectuado por la denunciada, en el contexto y circunstancias en que se pudieron producir, se trataría de unos hechos puntuales, ocasionales, en un momento de tensión y en el ámbito docente, donde no puede obviarse que la ahora investigada tiene facultad de poder determinar los trabajos que solicita a su alumnado, y que el hecho de enfadarse y recriminar la conducta de la menor, no implica per se hallarse ante un delito de odio, entendiéndose que, en todo caso, la calificación jurídicopenal correcta sería más bien la propia de unas lesiones leves", sentencian. Esta es la pena a la que deberá hacer frente la profesora.