La Junta Electoral de Barcelona propone multas de hasta 3.000 euros para la Corporación Catalana de Medios de Comunicación (CCMA) por incumplir faltar al pluralismo político no asignando los espacios informativos a las diferentes formaciones políticas de forma proporcional a los resultados obtenidos en las últimas elecciones". La incoación del expediente sancionador se abrió tras un recurso presentado por PDECat, después de que TV3 dedicara menos espacio informativo del que le corresponde. La formación no pidió esa sanción, solo que se le restituyera el tiempo debido, pero la Junta vio indicios de infracción.
La JEB ha recibido alegaciones de la CCMA contra el acuerdo 27bis de incoación de expediente sancionador, en las que el ente público catalán denuncia la brevedad del plazo de tres días, la falta de nombramiento de instructor, la identificación de la persona supuestamente responsable, del órgano competente para resolver el expediente, así como la propuesta de sanción y la indicación del derecho a formular alegaciones.
Alarga el plazo de alegaciones
Sin formular petición de nulidad de actuaciones, la CCMA solicita que se le dé un plazo de alegaciones de por lo menos diez días.
La Junta admite que "ciertamente nuestro acuerdo no se ajustó a las formalidades que establece la ley", por lo que concede el plazo pedido y acuerda "incoar expediente sancionador contra la CCMA en la persona de su presidente" y "nombrar instructor del expediente a la vocal judicial Ilma. Sra. Dª Mireia Ríos i Enrich"
La Junta provincial entiende que la CCMA habría incumplido los arts. 66.1 y 67 de la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General) al "faltar al pluralismo político no asignando los espacios informativos a las diferentes formaciones políticas de forma proporcional a los resultados obtenidos en las últimas elecciones". Por ello, propone como sanción la de multa de 300 a 3.000 euros.