Banquillo de los políticos acusados en el juicio por el 1-O / EFE

Banquillo de los políticos acusados en el juicio por el 1-O / EFE

Política

La juez rechaza los recursos de Junqueras, Sànchez y Rull contra la suspensión del tercer grado

Los presos por su papel en el 1-O continuarán sin gozar de la semilibertad "hasta que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo resuelva" la apelación interpuesta por Fiscalía

31 agosto, 2020 14:51

La titular del juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña ha desestimado las peticiones de Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Josep Rull en contra de la suspensión del tercer grado penitenciario que les fue otorgado a mediados de julio.

En el escrito remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la juez estipula que la semilibertad de los tres presos por el procés "continuará vigente hasta que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo resuelva todo el presente ramo de clasificación", que será elevado a la máxima institución judicial tras el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía.

Recurso tras recurso

Las defensas de los tres políticos presos por su papel en la organización del 1-O interpusieron este recurso después de que la juez desestimara otro --iniciado por el Ministerio Fiscal-- en contra de que se les aplicara el régimen de semilibertad.

A pesar de que la magistrada se reafirmara en otorgarles el tercer grado en dicha ocasión, estipuló que Junqueras, Rull y Sànchez debían continuar en prisión ya que así se estipulaba en autos dictados anteriormente sobre el mismo caso, a la espera de que el Supremo los resolviera por la vía de apelación. Los secesionistas no estuvieron de acuerdo con dicha decisión y sus abogados presentaron un nuevo recurso (en este caso de reforma) que es el que ha sido rechazado en el caso presente.

Argumentos copiados

La juez de Vigilancia Penitenciaria señala, además, que los argumentos que la defensa ha utilizado en esta última petición "son idénticos a los que realizó en su escrito de reforma contra la resolución dictada por este [juzgado] de fecha 28-julio-2020, el cual fue desestimado". Es decir, que si en aquella vez fue tumbado, en esta ocasión también debe serlo. A ello suma que el "objeto" de este recurso ha quedado desfasado, habida cuenta de las peticiones alzadas al alto tribunal por la Fiscalía. 

A pesar de todo ello, ante la decisión de la magistrada también cabe un nuevo recurso ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la misma que juzgó el caso del movimiento secesionista que organizó el 1-O.