Las salidas de la cárcel de Joaquim Forn, recurridas ante la Audiencia
La Fiscalía pide que se le revoque el permiso para salir 12 horas y media al día para trabajar en la empresa audiovisual Mediapro
28 mayo, 2020 18:30La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia de Barcelona la decisión de la juez de avalar las salidas laborales del exconsejero de Interior Joaquim Forn por el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario, alegando que se le ha concedido en una "fase inicial", con "amplitud horaria" y sin un tratamiento específico para el delito de sedición.
En su recurso, el fiscal pide a la Audiencia que revoque el 100.2 que la cárcel de Lledoners autorizó el pasado mes de febrero a Forn, que sale de prisión 12 horas y media al día, de lunes a viernes, para trabajar en Mediapro como jurista.
Concesión prematura
Para el ministerio público, la concesión del 100.2 a Forn es prematura porque se le aplicó cuando todavía estaba en una "fase inicial" de la condena, aunque el exconseller habrá cumplido en prisión el próximo 16 de junio una cuarta parte de la pena de 10 años y medio que le impuso el Tribunal Supremo por su papel en el procés independentista catalán.
También argumenta la Fiscalía que Forn no ha seguido un tratamiento específico para rehabilitarse del delito de sedición por el que fue condenado, ni ha participado en actividades grupales o individualizadas vinculadas, sin que sus salidas laborales vayan a influir "de forma positiva en las carencias tratamentales" del preso.
"Preocupante"
De hecho, razona la Fiscalía, el área laboral en que trabaja Forn no guarda relación alguna con el delito por el que cumple condena, puesto que, recuerda, "no cometió los delitos por una necesidad económica".
Además, según el ministerio público, cuando Forn alcance el tercer grado o la libertad condicional "no cabe duda" de que no tendrá problema alguno para encontrar un empleo en el exterior, "dada su preparación, su competencia y sus relaciones personales", como demuestra la oferta laboral que obtuvo al poco de ser calificado en segundo grado.
En su recurso, la Fiscalía reconoce que no habría recurrido el segundo grado en que fue clasificado Joaquim Forn, por considerarla "procedente", pero advierte a la juez de que ello no le impide oponerse a la concesión de permisos o al 100.2: "tal desconocimiento de las más elementales reglas del derecho penitenciario resulta altamente preocupante", espeta.