El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha archivado la autoinculpación que presentó el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por haber participado en el referéndum del 1-O y las concentraciones del 20S. En un auto emitido este viernes, ha concluido que no es delito.
La sala civil y penal del TSJC ha ordenado el archivo de la autodenuncia que había presentado Torra en el marco de la campaña de autoinculpaciones promovida por las entidades independentistas. La sala ha considerado que “no existe constancia” de que el president de la Generalitat “hubiera podido cometer un delito de desórdenes públicos u otro similar” durante su participación en las protestas del 20S contra los registros de la Guardia Civil en el Departamento de Economía ni en el 1-O.
Sin infracción penal
Para el TSJC, la "simple participación de un ciudadano, sin cargo público y sin haber estado requerido de abstención por ningún tribunal, en el denominado de autodeterminación celebrado el pasado 1 de octubre (...) no constituye infracción penal de ningún tipo".
Tampoco constituye delito, según el auto, participar en las protestas por los registros y las detenciones efectuadas por la Guardia Civil en vísperas del referéndum, concentrarse para protestar por las actuaciones policiales o animar a la gente a votar el 1-O.
Condena por desobediencia
El archivo de la autoinculpación de Torra llega un día después de su condena de inhabilitación, también por el TSJC, por desobedecer la orden de la Junta Electoral de retirar los lazos amarillos de los edificios públicos, antes de las elecciones del 28A.
Paralelamente, el alto tribunal catalán está estudiando abrir una nueva investigación a Torra por desoír otro requerimiento de la sala contenciosa del TSJC que le conminaba a descolgar la pancarta de apoyo a los políticos presos del Palau de la Generalitat para mantener la neutralidad del edificio en todo momento, no solo en período preelectoral.