La junta directiva de la sección de Derecho Constitucional del Colegio de la Abogacía de Barcelona ha denunciado que los cortes de carreteras y de otros servicios públicos realizados las últimas semanas por activistas independentistas en Cataluña incumplen la Ley orgánica reguladora del derecho de reunión 9/1983.

Esta sección del colegio de abogados ha emitido un comunicado en el que advierte de que el incumplimiento de dicha ley "deslegitima tales manifestaciones y transforma a sus participantes en auténticos vulneradores de los derechos fundamentales del resto de ciudadanos a quienes se causan graves perjuicios".

"Total estupefacción"

Esta situación, asegura el comunicado, debería "haber dado lugar ya, sin perjuicio de la exacción de las pertinentes responsabilidades penales, a la aplicación de la Ley orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana, cosa que incomprensiblemente no se ha producido".



La junta directiva ha expresado también su "total estupefacción por la aceptación generalizada que se hace por parte de los medios de comunicación e incluso por instituciones públicas de que los cortes de carretera y de otros servicios públicos que se viene produciendo de forma arbitraria, intermitente y por sorpresa, constituyen un ejercicio adecuado del derecho fundamental de manifestación".

Derecho de manifestación

A juicio de la Sección de Derecho Constitucional del Colegio de la Abogacía de Barcelona, las manifestaciones que se han producido desde que se conoció la sentencia del procés "no pueden constituir en absoluto un ejercicio del derecho fundamental de manifestación", que reconoce el artículo 21 de la Constitución.



Este artículo, han subrayado estos abogados, exige que las manifestaciones sean pacíficas y se comuniquen previamente a las autoridades.