La operación judicial contra miembros de CDR, que están en prisión por orden del juez, ha provocado la indignación del movimiento independentista, que ha levantado un muro en contra la justicia española y que recuerda casos como el de 1992. Entonces, a las puertas de los Juegos Olímpicos de Barcelona, el juez Baltasar Garzón protagonizó una operación contra independentistas acusados de pertenecer a la banda terrorista Terra Lliure. Abogados penalistas señalan a Crónica Global que aquella operación, muy polémica para el secesionismo, que denunció “torturas”, no ha quedado en el ámbito jurídico como una mala praxis. Se trató de una operación que acabó con condenados y que fue investigada sin resultados negativos para Garzón.
Precisamente, el independentismo cargó contra el juez Garzón por no investigar esas posibles torturas. Pero la operación se acabó mitificando, sin recordar qué pasó en concreto. Fue Garzón quien, ciertamente, dirigió las detenciones desde el juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional. Hubo 15 detenciones, y tres años más tarde, en 1995, la Audiencia Nacional acabó condenando a seis de ellos a penas que fueron de entre uno y diez años por pertenencia o colaboración con banda armada. Los absueltos fueron cuatro.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos
El independentismo basa sus esperanzas, en el caso de los dirigentes independentistas presos por el 1-O, cuya sentencia se conocerá en los próximos diez días, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Entonces también se recurrió a este tribunal. La ANC y Òmnium Cultural señalan que Garzón recibió un gran palo porque el tribunal europeo condenó al Estado por la ausencia de una investigación sobre las torturas que se habían denunciado. Pero no fue exactamente así. Garzón las había investigado, pero había derivado otras denuncias a favor de un juzgado de instrucción ordinario. En cualquier caso, el TEDH, en su sentencia 2004/65 del 2 de noviembre, condenó a España por la “ausencia de una investigación oficial efectiva sobre dichas alegaciones” de malos tratos. Ello comportó una indemnización de 20.009 euros, más intereses, a cada demandante: 8.000 por daño moral y 12.009 por gastos y costas.
Pero no fue como explica el independentismo. Lo que se denunció, por parte del tribunal europeo, es que no se produjera una investigación “lo suficientemente completa”. Porque Garzón sí la había encargado.
¿Malos tratos 'psíquicos'?
La sentencia del TEDH señala que el juez había instado a la forense a que examinara a los demandantes de esos supuestos malos tratos. Y el informe de la propia forense determina que los detenidos “fueron examinados cada día y lo fueron nuevamente tras su traslado a los calabozos de la Audiencia Nacional”. Los detenidos consideraron que aquel informe sólo se pronunciaba sobre malos tratos físicos, pero no psíquicos. Entonces Garzón derivó su competencia a favor de un juzgado de instrucción ordinario, cosa que las fuentes consultadas señalan que entraba dentro de la ley, porque no le correspondía a él investigar aquellas denuncias.
Ese juzgado ordinario de Madrid archivó las denuncias en tres ocasiones, y, efectivamente, sin una investigación a fondo, como señala la sentencia del TEDH, que se remite a ese juzgado. Posteriormente, el Tribunal Constitucional denegó el recurso de amparo, en 1994. Y también lo hizo la Comisión Europea de Derechos Humanos, en 1996, que desestimó la demanda.
El precedente para los actuales CDR
Sin embargo, lo que ha quedado en el mundo independentista es que el juez Garzón no quiso investigar aquellas alegaciones, y que sí se produjeron torturas, en una operación que sólo buscaba no oscurecer los fastos de los Juegos Olímpicos en Barcelona.
Para el independentismo es el precedente de lo que ahora, supuestamente, puede volver a ocurrir con las detenciones y prisión de los miembros de los CDR.