El presidente independentista Quim Torra en una imagen de archivo. 'president' / EFE

El presidente independentista Quim Torra en una imagen de archivo. 'president' / EFE

Política

Multan a Torra con 5.500 euros por su falta de neutralidad durante el periodo electoral

El presidente de la Generalitat habló de "represión del Reino de España" en un comunicado oficial y lanzó mensajes a favor de los "presos políticos" por vías institucionales

29 julio, 2019 13:04

Quim Torra no fue neutral, como obliga la ley, durante el periodo de elecciones de los pasados meses. Por ello, tendrá que pagar varias multas que ascienden hasta los 5.500 euros en total.

La Junta Electoral Central (JEC) considera que el presidente de la Generalitat incumplió las normas que rigen la actividad política durante el periodo preelectoral y que lo hizo, además, a través de varios canales institucionales. 

Menciones a los presos

La primera multa que impone el organismo que vela por el cumplimiento de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) asciende a 3.000 euros por un comunicado enviado el 23 de abril. Aquella jornada, Día de Sant Jordi, Torra envió un mensaje como líder del Govern en el que achacaba a la "represión del Reino de España" la situación de los políticos "presos" o "exiliados". "Los juicios políticos no se pueden tolerar", afirmaba también en ese mensaje.

La JEC ve una transgresión de los límites de la Ley Electoral, ya que se aprovechó de la situación de "superioridad derivada del cargo administrativo que ostenta" para lanzar mensajes con valoraciones políticas en un periodo en el que no permitido. Faltaba menos de una semana para que se procediera a la votación de elecciones generales y europeas del 28 de abril.  

Mail a los trabajadores de la Generalitat

Ese mismo día, Torra envió un correo electrónico a los funcionarios que conforman el equipo de la Generalitat que también ha sido investigado por la Junta Electoral. En él, además de hablar de los políticos en prisión provisional y de los que se encuentran huidos de la justicia --entre ellos Carles Puigdemont, al que se refiere como el "presidente"--, les felicita por aguantar el "timón de la nave" en momentos de dificultades, haciendo referencia al "nefasto 155" aplicado en Cataluña tras la Declaración Unilateral de Independencia.

El estamento de control electoral especifica que Torra, con estos mensajes, incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153 de la Ley Electoral, al vulnerar el principio de neutralidad que deben respetar los poderes públicos durante los meses previos a los comicios. Asegura que estos mensajes coinciden con el de algunas formaciones (las independentistas) que se presentaban las elecciones y, por ello, le impone una multa de 2.500 euros.

Torra se niega a pagar

¿Cuál ha sido la reacción de Torra tras conocer estas dos sanciones? Negarse a abonarlas. "Ya avanzo que no pienso pagarlas" ha asegurado tras anunciar que recurrirán la sentencia de la JEC. Ha vuelto a enarbolar la libertad de expresión como su defensa, un derecho que "está en cuestión", declara, y con el que serán "consecuentes".

El president ha criticado duramente a la Junta Electoral, a la que ha calificado de "órgano censor, represor y politizado", y ha manifestado que volverá a ejercer "cada derecho negado".

TV3 tampoco fue neutral

No ha sido Torra el único que recibe una sanción económica por parte de la JEC. También la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) ha sido multada por su parcialidad para con el independentismo. TV3 proyectó el 9 de abril el documental Un procés dins el procés, en el que se recogían las experiencias y declaraciones de los familiares de los políticos independentistas en prisión provisional por el 1-O. 

La institución electoral concluye que esta pieza audiovisual también favorecía a las candidaturas independentistas, por lo que vulneró "los principios de igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa". Admite que no existe intencionalidad, por parte de la CCMA, de cometer una infracción sino que su culpa radica en "la falta de diligencia" que se le presupone a un medio público para no beneficiar a un partido en detrimento de otro durante el periodo de comicios.