La Junta Electoral Central (JEC) da un último plazo de 24 horas al presidente de la Generalitat, Quim Torra, para que ordene la retirada de los lazos amarillos y las estelades que cuelgan de los edificios públicos catalanes. En caso de no hacerlo, puede incurrir en responsabilidades "administrativas y, en su caso, penales".
La JEC, máximo intérprete de la legislación electoral, desestima así el recurso presentado por Torra contra la orden que le había dado este órgano la semana pasada para que quitara los lazos amarillos, al considerarlos no compatibles con el principio de neutralidad exigido a las instituciones públicas.
Torra se negó a quitar los lazos
El president se negó y avisó de que no retiraría esos símbolos de las fachadas públicas alegando que respeta "el derecho fundamental a la libertad de expresión de los empleados públicos". Argumentaba también las dificultades derivadas de la existencia de multitud de edificios públicos que no son propiedad de la Generalitat o no están gestionados por esta institución. La JEC le recuerda por un lado que "la mayoría" de esos edificios dependen del Govern y, por otro, que "bastaría con indicar" aquellos cuya situación fuera distinta.
Otra vez, la Junta Electoral Central sostiene que aunque las enseñas independentistas y los lazos constituyen un "símbolo legítimo" que pueden usar los partidos en su propaganda electoral, durante los períodos electorales las autoridades públicas no lo pueden hacer porque deben "respetar" y "mantener" una "rigurosa neutralidad política". En consecuencia, la JEC reitera el requerimiento que le hizo el pasado 11 de marzo y le concede un nuevo plazo de 24 horas para que ordene retirar las esteladas y los lazos amarillos.
La ley lo prohíbe
Hace una semana, la JEC dio 48 horas a Torra para proceder a retirar esos símbolos independentistas de los edificios y espacios públicos atendiendo así una petición registrada por Ciudadanos, que se quejaba de la exhibición de símbolos ideológicos o partidistas, algo prohibido por el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
En su resolución, la JEC argumentaba que la ley prohíbe que los poderes públicos tomen partido en las elecciones y que tanto el lazo amarillo por los presos del proceso independentista como la bandera estelada son "símbolos partidistas utilizados por formaciones electorales concurrentes a las elecciones" del próximo 28 de abril. Ahora, requiere a la delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera, para que informe a la Junta si se ha cumplido su orden dentro del plazo previsto "al efecto de deducir, en su caso, las responsabilidades en las que se haya podido incurrir por no hacerlo".