La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha declarado que cree que la Fiscalía podría haber actuado en España contra los autores de la demanda civil contra el magistrado Pablo Llarena --entre ellos el abogado Gonzalo Boye-- ya que considera que hay "una clara alteración de la traducción" que "tergiversa las declaraciones del magistrado".
Aunque también apunta a que no puede investigar esa acción debido el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial --que regula la justicia universal-- y establece que los delitos cometidos por españoles en el extranjero solo son perseguibles previa interposición de una querella del agraviado o de la Fiscalía.
"Evidente intención"
Así ha sido la reflexión de la magistrada en el auto, en el que rechaza tramitar las querellas presentadas por Vox y el Movimiento 24DOS contra la juez belga Anne Dessy --que lleva la demanda contra Llarena-- además de a Carles Puigdemont, cuatro exconsejeros fugados y el letrado Gonzalo Boye.
"Es evidente que los mismos argumentos que nos llevan a excluir la revisión de las actuaciones jurisdiccionales del Tribunal Supremo español por parte de la justicia belga, o que la misma pueda examinar ningún género de responsabilidad contra el magistrado demandado por actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de su jurisdicción, han de llevarnos a contrario sensu a someter al enjuiciamiento de los tribunales españoles las actuaciones que una juez del Reino de Bélgica haya podido realizar", ha explicado la magistrada.
Delitos de rebelión y sedición
Asimismo, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 ha considerado que los delitos atribuidos a Puigdemont y sus exconsejeros en la querella de Vox --rebelión, sedición y contra la paz e independencia del Estado-- por su demanda contra Llarena no pueden configurar "ni remotamente" los tipos penales mencionados.
Las querellas también se dirigían contra el coordinador de la defensa de estos procesados, Gonzalo Boye, y contra la traductora del escrito ante la justicia belga por delitos de falsedad documental o de falso testimonio en relación a la traducción incorrecta de las palabras que Llarena pronunció en una conferencia en Oviedo. En este caso, esas frases mal traducidas sí podrían encajar el delito de falsedad documental o de falso testimonio, opina Tardón, ya que "existe una clara alteración de la traducción y con ello se tergiversa el sentido de las declaraciones del magistrado".
"Un mero error"
Por lo que se refiere al delito de falsedad, la magistrada señala que sería competencia de la Audiencia Nacional porque habría sido cometido por españoles en el extranjero. Además, sospecha que se efectuó con el propósito de "someter las actuaciones soberanas del Estado español a la jurisdicción de un Estado extranjero". No obstante detalla que no puedo perseguirlo sin una querella previa del afectado o de la Fiscalía, que lo descartó ser rectificada la traducción.
La jueza discrepa del argumento de la Fiscalía, ya que si bien admite que es cierto que se hiciese esa corrección "no lo es menos que ello no se produjo sino cuando un profesor de francés que había comparado las declaraciones del magistrado y el texto francés de la demanda, denunció ante los medios de comunicación" el error de traducción. Esto le lleva a considerar que la "teoría" de que se trate de "un mero error" resulta "escasamente compatible con la naturaleza de la alteración, y la forma en la que aparece incorporada a la demanda".
Primeras reacciones
Una de las primeras reacciones ha venido por la asociación de juristas Movimiento 24DOS que ya ha anunciado que recurrirá en apelación la inadmisión de la querella que presentó contra la juez belga encargada de tramitar la demanda civil presentada contra el magistrado del Supremo.
Según el auto de Tardón, esta decisión se podrá recurrir tanto en reforma --ante la misma magistrada-- o en apelación --ante la Sala de lo Penal--. Fuentes de la asociación de juristas han confirmado que presentarán recurso, pero directamente ante la Sala.