La sala segunda del Tribunal Supremo ha reducido a un año y un mes de inhabilitación la condena impuesta a Artur Mas por un delito de desobediencia en la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014, equiparando de este modo su pena con la de su compañero de partido Francesc Homs.

El Tribunal Supremo ha resuelto los tres recursos de casación interpuestos, confirmando "todos los pronunciamientos de la sentencia impugnada", excepto la duración de las penas de inhabilitación. Las tres han sido rebajadas. La de Artur Mas se ha reducido de los dos años iniciales a sólo un año y un mes; la de Joana Ortega se ha rebajado de un año y nueve meses, a nueve meses; y la de Irene Rigau, de un año y seis meses, a seis meses.

Se mantienen las multas

La sentencia con los argumentos de los magistrados se conocerá en los próximos dias, pero el tribunal ha adelantado su fallo este lunes, justo un día antes de la vista previa del juicio del procés, en la que el Supremo revisará si es competente para juzgar a Oriol Junqueras y otros 17 dirigentes independentistas por rebelión, sedición, malversación o desobediencia.

El Alto Tribunal, asimismo, ha confirmado las multas impuestas en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a cada uno de los afectados por el 9N: 36.500 euros a Mas, 36.000 a Ortega y 24.000 a Rigau.

Recurso en el Tribunal de Cuentas

El TSJC condenó por desobediencia a Mas, Ortega y Rigau en marzo de 2017, absolviéndoles del delito de prevaricación. La acusación de malversación quedó descartada antes del juicio. Con la decisión del Supremo, las condenas ya son firmes.

El 9N, de todas formas, tiene otro procedimiento abierto en el Tribunal de Cuentas, que el pasado 12 de noviembre resolvió condenar a Mas, Ortega, Rigau, Homs y seis acusados más a devolver de forma solidaria los casi cinco millones de euros que costó la organización de la votación ilegal independentista de 2014, al considerar que hicieron uso de dinero público. Todos ellos recurrieron la decisión.

Alegaciones

En sus escritos ante el Supremo, Mas, Ortega y Rigay invocaron sus derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución. Alegaron que sus condenas vulneraron hasta cinco preceptos constitucionales, y que el TSJC se equivocó en la valoración de algunas pruebas, no practicó una serie de diligencias solicitadas en tiempo y forma, e incurrió en contradicciones.

En la vista del pasado 7 de noviembre, el abogado de Artur Mas defendió que la intervención del expresidente catalán en el 9N no fue igual que la de Francesc Homs --que había sido condenado previamente por la consulta--, y reclamó al tribunal que le absolviera para demostrar que actúa de forma "ecuánime".

Argumentos del fiscal

El abogado del expresidente catalán, Xavier Melero, adujo que el caso de Mas no es igual "que el de Homs", ya que el exconsejero de Presidencia de la Generalitat hizo "actos ejecutivos" que demuestran que se implicó "de propia mano en el no acatamiento" de la providencia del Tribunal Constitucional que suspendía la consulta.

En cambio, el fiscal Jaime Moreno aseguró que los encausados conocían "perfectamente" que "aquello que habían convocado era una actuación inconstitucional". Por ello, pidió a la Sala que confirmara las condenas, dado que los acusados no sólo no paralizaron la consulta, sino que decidieron "mantenerla e impulsarla" en un "desafío a la legalidad". Y apuntó directamente a Mas que, "en un alarde ante la prensa", dijo: "Si la Fiscalía quiere conocer quién es el responsable, que me miren a mí, soy yo y mi gobierno".