Miquel Roca Junyent, uno de los siete padres de la Constitución española y exdirigente de CiU, aprovecha el 40 aniversario de su aprobación para poner en valor el modelo autonómico plasmado en la Carta Magna y para asegurar que "la descentralización territorial del poder del Estado no tiene punto de comparación con ningún otro país de nuestro entorno europeo y occidental".
En una entrevista para Efe, el jurista constata la falta de condiciones para abrir un proceso de reforma "a fondo" del texto consitucional porque "nadie" reclama "un nuevo periodo constituyente" y advierte de que, para llevarlo a cabo, sería necesario "alcanzar un acuerdo de amplia base" que no parece viable actualmente.
Pregunta: ¿Cree que la hornada política de los padres de la Constitución ha sido la más brillante de toda la democracia?
Respuesta: Nosotros no fuimos mejores que los actuales políticos. Seguramente, lo que ocurre es que en aquel momento la sociedad española tenía más claros los objetivos que pretendía alcanzar, y nos dio unas instrucciones muy claras en orden a construir más que destruir, aunar más que separar, proyectarnos hacia el futuro más que escarbar en el pasado.
P: ¿En qué medida el pacto constitucional fue más mérito de los padres que la elaboraron o del momento político en que se abordó y que obligaba a llegar a un acuerdo para coronar con éxito la Transición?
R: A mí me gusta decir siempre que los llamados padres de la Constitución fuimos unos meros escribanos al servicio de la voluntad popular. Fue la sociedad la que dictó la Constitución, al menos en su espíritu y en sus líneas fundamentales. La Constitución es más una música que una letra, y aquella la compuso la sociedad en su conjunto. Se quería lo que al final resultó, y por ello el 90 por ciento de los ciudadanos refrendaron con su voto afirmativo la Constitución del 78.
P: ¿Qué similitudes o diferencias encuentra entre el actual contexto político y el que alumbró hace 40 años la Constitución?
R: La democracia no se construye ni de golpe ni en un solo día, sino un poco cada día. La ilusión del cambio es muy gratificante pero la emoción de su pervivencia lo es mucho más. O, en todo caso, lo debería ser. Si para emocionarnos con la libertad, la hemos de perder primero cada 40 años, creo que esto no nos conviene. Lo ordinario, cuando de la libertad se trata, es lo que nos debería emocionar.
P: ¿Me podría definir con un rasgo, característica o virtud a cada uno de los otros seis ponentes constitucionales?
R: Manuel Fraga, coherencia y congruencia; José Pedro Pérez Llorca, habilidad y visión de futuro; Jordi Solé Tura, el aval de la resistencia; Gabriel Cisneros, fidelidad al proyecto; Gregorio Peces-Barba, pasión constitucional; y Miguel Herrero de Miñón, brillantez argumental.
P: ¿Es el actual contexto propicio para abordar una reforma constitucional de fondo o solo para poder llevar retoques como el de los aforamientos?
R: Una reforma de fondo puede conducir a un nuevo periodo constituyente. ¿Es esto lo que le conviene a España en este momento? No lo creo, ni creo que sinceramente lo esté solicitando nadie.
P: ¿Aprecia en la ciudadanía un deseo de cambio del marco constitucional o es más político que social?
R: Lo que aprecio en la ciudadanía es un deseo de progreso, de bienestar, de estabilidad, de convivencia, de libertad, de transparencia; esto es lo que aprecio en la ciudadanía.
P: ¿En qué aspectos se ha quedado viejo el Titulo VIII de la Constitución?
R: Las constituciones ganan en solidez y valor en la medida en que se hacen viejas, porque esto demuestra su continuidad en el tiempo y su capacidad de adaptarse a los ritmos y características de la evolución social. El Estado autonómico, en grandes líneas, ha sido un éxito. La descentralización territorial del poder del Estado no tiene punto de comparación con ningún otro país de nuestro entorno europeo y occidental. Pero, precisamente por ello, puede aceptarse que sea necesario algún tipo de concreción, desarrollo, matiz, en el funcionamiento del poder autonómico. Singularmente, precisaríamos de una reforma en profundidad de la estructura y funcionamiento del Senado para acomodarlo más adecuadamente a las características actuales del Estado autonómico.
P: Hasta tres veces el Título VIII apela al referéndum para cualquier modificación del texto estatutario. ¿Se incumplió este Título cuando el TC anuló la reforma del Estatuto catalán aprobada en referéndum?
R: La Constitución solo contempla dos referéndum vinculantes: el de la reforma de la propia Constitución y el de la aprobación y reforma de los Estatutos de Autonomía. Tal como se prevé en la Constitución, el referéndum que debe aprobar los estatutos de autonomía de las denominadas nacionalidades históricas, culmina su proceso de elaboración y teóricamente cierra el ciclo a partir del cual entra en vigor. Una situación mal resuelta al suprimirse el recurso previo de inconstitucionalidad dio lugar a que el Estatuto refrendado pudiera ser recurrido ante el Tribunal Constitucional, y esto ha generado una situación difícil de entender, por parte de los ciudadanos de Cataluña, y a la que han querido dar respuesta las propias Cortes Generales estableciendo que, a partir de ahora, sea imposible recurrir un Estatuto refrendado, debiéndose acoger una impugnación de inconstitucionalidad al instituto del recurso previo. Con ello, se oficializó que, en el caso del Estatuto de Cataluña, se generó una situación que políticamente no se desea que vuelva a repetirse.
P: ¿Fue la aplicación del 155 el aspecto más delicado que abordó la Constitución estos 40 años en lo que se refiere al tema territorial?
R: La aplicación del artículo 155 no fue agradable, espero que para nadie. No satisface que una previsión tan excepcional fuera aplicada.
P:¿Tiene el federalismo cabida en una nueva Constitución?
R: El estatuto de autonomía y un Estado federal tienen similitudes muy significativas, hasta el punto de que los constituyentes tuvieron muy en cuenta al tiempo de elaborar la Constitución del 78 las previsiones de la Ley Fundamental de Bonn, aplicables a la República Federal Alemana. No creo que ésta sea la cuestión actual, pero en todo caso es una decisión y un planteamiento que escapa a la valoración que objetivamente merece la Constitución del 78.
P: Sobre la Transitoria cuarta [que plantea la posibilidad de que Navarra se incorpore al País Vasco], ¿cree conveniente que siga esa disposición?
R: La reforma de la Constitución es posible, hasta el punto de que la propia Constitución la contempla. Lo que falta es saber sobre qué extremos y sobre qué aspectos, y alcanzar para ello un acuerdo de amplia base que, en este momento, no parece que exista voluntad de alcanzarlo.