Un dardo envenenado, una interpretación que provocará otra disputa política de envergadura entre el Estado y el bloque independentista, pero que era inevitable. El juez Pablo Llarena decidió este martes, al dar por concluida la fase de instrucción sobre los políticos independentistas presos, suspender “cautelarmente” a los seis diputados catalanes que se encuentran ahora ya en cárceles catalanas o sobre los que pesa una orden de detención e ingreso en prisión por el delito de rebelión. Sin embargo, esa suspensión no podrá ser automática, porque el Parlament se otorga ese derecho, a través del reglamento de la cámara, pero también porque Llarena ha querido que sea el parlamento catalán el que tenga la última palabra y, por tanto, decida sobre los derechos políticos de los encausados. Se trata de todo un reto a la cámara parlamentaria que preside Roger Torrent.
La medida es alambicada, y complica la situación, aunque todo el bloque independentista esperaba la decisión de Llarena. El magistrado asegura que no puede imponer que los grupos parlamentarios, en los que se integran los procesados, pierdan su mayoría parlamentaria. Y es que sin esos seis diputados ni Puigdemont –a la espera de Toní Comín, que puede recurrir todavía— Junts per Catalunya y Esquerra Republicana perderían la mayoría absoluta.
Sin poder votar
¿Entonces, qué puede hacer cada parte? “Tampoco resulta coherente que una suspensión provisional imponga, como única manera de mantener la mayoría parlamentaria, que los suspensos renuncien definitivamente al derecho a representar a sus electores”, señala Llarena.
El juez Llarena, en definitiva, no quiere suspender de forma automática a los procesados de sus funciones, y emplaza al Parlament a que tome una decisión. Los diputados se encuentran, tras la decisión de este martes, suspendidos en sus cargos, pero no pierden sus actas de diputados. Es decir, no pueden votar en la cámara. Pero no se les dice que dejen de ser diputados.
Obedecer o no
Ante eso, tanto Junts per Catalunya como ERC deberán decidir si obedecen o no a Llarena, si piden a los diputados que renuncien a esas actas, para recuperar los votos, a través de nuevos diputados que se incorporen corriendo las listas electorales, o si esos diputados pueden delegar el voto. El lío jurídico vuelve a entorpecer las relaciones políticas, justo después de la reunión entre el presidente Pedro Sánchez y el presidente Quim Torra.
Los que no podrán votar, a la espera de la decisión del Parlament, son el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras; y los diputados Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez. En el caso de Toni Comín, que se encuentra en Bélgica, se le ha concedido un plazo antes de ser suspendido. Respecto a Meritxell Serret, que fue designada delegada del Govern ante la Unión Europea, no está afectada, porque fue procesada por malversación y desobediencia, pero no por rebelión.
Decisión del pleno del Parlament
El juez ha dictado el auto, suspendiendo las funciones de los diputados, con la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por el que los procesados, por un delito de rebelión, deben ser suspendidos para ejercer el cargo público que ocupen en ese momento. Pero el bloque independentista, a través de los portavoces de Junts per Catalunya y ERC, exhibieron el artículo 25 del reglamento del Parlament, que incide en la capacidad de la cámara, a través del pleno, para suspender o no a los diputados.
El reto es mayúsculo. O se acepta esa suspensión, y para no perder la mayoría en la cámara el independentismo decide incorporar a otros diputados, corriendo las listas electorales, o se promueve la desobediencia, entrando otra vez en una dinámica política de bloqueo.