Juan Carlos Monedero en una imagen de archivo / EFE

Juan Carlos Monedero en una imagen de archivo / EFE

Política

La justicia prohíbe a Monedero compatibilizar su trabajo como profesor con el de consultor

Un juzgado de Madrid había declarado nula en un principio la decisión del rector de la UCM de denegar esa compatibilidad

1 febrero, 2018 17:43

El fundador de Podemos Juan Carlos Monedero no podrá compatibilizar su trabajo como profesor de la Universidad Complutense de Madrid con sus actividades privadas como consultor político y económico. De esta forma lo ha ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que revocó una sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de la capital española. El rector del centro universitario denegaba a Monedero la solicitud de compaginar ambas actividades profesionales.

Ante la decisión de la justicia, Monedero ya ha anunciado que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que solicitará que eleve una cuestión perjudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre la norma que regula el régimen de incompatibilidades que se le está aplicando.

Le dieron la razón

En principio, el juez de lo Contencioso-administrativo número 15 de Madrid dio la razón parcialmente al fundador de Podemos, al tener en cuenta que renunció a parte de su complemento específico para poder compatibilizar la función pública con la privada, por lo que consideró que no existía "razón alguna" para negarle esa compatibilidad.

El juez devolvió el expediente a la universidad para que se pronunciara de nuevo sobre la petición de Monedero, de acuerdo con el nuevo marco legal y previa renuncia del exdirigente de Podemos al exceso del 30% sobre su complemento específico.

"Especial dedicación" a la universidad"

Pero la Complutense recurrió al TSJ de Madrid, que ha estimado sus argumentos al determinar que la normativa básica estatal establece que el profesorado universitario a tiempo completo tiene consideración de "especial dedicación", de modo que no tiene opción de renunciar a parte de su complemento para dedicarse a otras tareas. Concluye que no es aplicable en su caso la excepción incluida en 2012 para los funcionarios de la Administración General del Estado.

Cabe recordar que este procedimiento judicial se inició hace dos años, cuando se destapó que el que fuera número tres de Pablo Iglesias intentó defraudar a Hacienda tras realizar en 2010 trabajos de consultoría política para Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Ecuador como persona física y facturarlos como persona jurídica a través de una empresa que creó a propósito.