El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, dictó este jueves un oficio en el que ordena a los máximos responsables de la Guardia Civil, Policía Nacional y Mossos d'Esquadra en las cuatro provincias catalanas que intervengan en el caso de la celebración del referéndum independentista del 1-O, interviniendo si es necesario "los efectos del delito", en referencia a las urnas, y elaborando el correspondiente atestado ante "cualquier actuación a nivel provincial o local de autoridades, funcionarios públicos o de particulares, en connivencia con los anteriores, dirigida a la organización del referéndum".
Así se señala en el escrito remitido por Maza tanto al fiscal superior de Cataluña como a los cuatro fiscales jefes provinciales, en cumplimento de la resolución del Tribunal Constitucional que suspendió anoche la ley de referéndum y la convocatoria de la consulta independentista del próximo 1 de octubre.
Instrucción directa a Trapero
En primer lugar, se dirige al fiscal superior de Cataluña y le manda impartir su instrucción general a los responsables de esos cuerpos, concretamente al general jefe de la zona de la Guardia Civil, al jefe superior de Policía de Cataluña y al Mayor del Cuerpo de los Mossos d'Esquadra.
Esta instrucción la deben remitir a "los servicios y unidades centrales a su mando" en Cataluña, para que en sus funciones de policía judicial elaboren atestados en caso de que se realicen preparativos para la consulta.
Responder ante cualquier actuación ilegal
En segundo lugar, ordena a los fiscales jefes de cada provincia notificar la instrucción del fiscal superior de Cataluña a los responsables de las fuerzas de seguridad en cada uno de esos territorios con el fin de que actúen del mismo modo ante cualquier actuación en el ámbito local o provincial.
Estos fiscales notificarán asimismo, por orden de Maza, su instrucción a los fiscales jefes de área de cada provincia "para que estos las cumplimenten en su respectiva demarcación".
Además, emplaza al fiscal superior y a los fiscales jefes a remitir instrucciones particulares si tienen conocimiento de cualquier acto concreto dirigido a la organización del referéndum.
Y a que incoen diligencias de investigación y formulen denuncias o querellas cuando reciban atestados o tengan conocimiento por otra vía de actos preparativos del 1-O.
Desobediencia, prevaricación y malversación
A su juicio, la notoriedad de la prohibición de la organización hace que cualquier conducta de autoridades, funcionarios o particulares dirigida a tal fin sea indiciariamente constitutiva de delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos.
En la instrucción --dictada antes de que el TC anulara anoche el referéndum-- se citan las resoluciones anteriores en las que ese tribunal ya había recalcado la ilegalidad de esa convocatoria, unos pronunciamientos "reiterados de forma clara, sin fisuras, públicos y difundidos", expone Maza en su escrito.
La instrucción afirma que los pronunciamientos del TC dejan clara la "falta de competencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña para convocar consultas, incluso no referendarias, que versen sobre cuestiones que afectan al orden constituido", por lo que "queda fuera de toda duda la ilegalidad de cualesquiera actos dirigidos a la celebración del referéndum de autodeterminación".