El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite este lunes el recurso de la Generalitat de Cataluña sobre la actividad de la plataforma Uber. De esta forma, establecerá si debe someterse a la intervención administrativa del sector del transporte o si se entiende que desarrolla una actividad excluida de la ordenación.
En ese caso, la plataforma no estaría sometida a licencia o autorización, al considerarse amparada por el principio de libre establecimiento y prestación de servicios que proclama la Ley de la Sociedad de la Información.
Sienta precedente
La Sección I de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha informado de que el recurso del Govern sienta un precedente consistente en determinar el marco regulador de la intermediación o conexión de usuarios y servicios a través de plataformas o aplicaciones digitales.
La Generalitat presentó un recurso de casación contra la sentencia de 6 de octubre de 2016 que estimó un recurso de Uber contra una multa de 4.001 euros por “la contratación como transportista o la facturación en nombre propio de servicios de transporte público de viajeros en vehículos de hasta 9 plazas sin ser previamente titular de autorización de transporte”.