El TC anula el "proceso constituyente" e insta al fiscal a actuar contra Forcadell y la Mesa
El Alto tribunal tumba la resolución del Parlament que impulsa un referéndum en 2017 y pone contra las cuerdas a su presidenta
14 febrero, 2017 17:19El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado parcialmente nulas este martes las resoluciones aprobadas por el Parlamento de Cataluña del pasado mes de octubre que impulsan el denominado "proceso constituyente" apoyando, entre otras acciones, la celebración de un referéndum en 2017.
El Alto tribunal remite actuaciones a la Fiscalía para que estudie la posibilidad de abrir una nueva vía penal contra la presidenta de la Cámara catalana, Carme Forcadell y a proceder contra cuatro miembros de la Mesa por permitir que se discutieran.
El fiscal determinará si abre causa penal o no
Corresponde al fiscal determinar si abre causa penal o no, una cuestión sobre la que el TC no se puede pronunciar, según han señalado fuentes de este órgano, que ha adoptado su decisión de forma unánime. El TC ha notificado únicamente el fallo adoptado, y el resto del auto será dado a conocer en los próximos días.
La resolución dada a conocer por el tribunal de garantías entra en el fondo del incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno contra las resoluciones del Parlament. La admisión a trámite de este asunto hace dos meses, el pasado 14 de diciembre, ya había supuesto la suspensión cautelar de las mismas.
Corominas, Simó, Barrufet y Nuet
La admisión fue notificada de forma personal el pasado 20 de diciembre a Forcadell y a los miembros de la Mesa que según la demanda permitieron la tramitación impugnada, que son el vicepresidente primero de la Mesa, Lluís Corominas (JxSí); las secretarias primera y cuarta, Anna Simó y Ramona Barrufet (JxSí) --votando a favor-- y el secretario tercero, Joan Josep Nuet (SíQueEsPot), que se abstuvo. Contra todos ellos podrá actuar a partir de ahora la Fiscalía.
Carme Forcadell ya se encuentra investigada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) como consecuencia de una autorización anterior del TC a la Fiscalía, por permitir el debate y la votación de la conclusiones de la comisión del proceso constituyente.
El tribunal de garantías le había instado a impedir la discusión de este asunto en el Parlament por considerarlo un desarrollo de la resolución independentista del 9 de noviembre de 2015 que este órgano había suspendido por inconstitucional.
La anulación acordada este martes afecta a varios apartados de los capítulos titulados "Referéndum" y "Proceso Constituyente", incluidos en el Título I de la resolución del Parlament sobre "el futuro político de Cataluña". Como consecuencia de la estimación del incidente de recusación se declara la inconstitucionalidad y nulidad de todos esos apartados, según ha concretado el TC en una nota de prensa.
Apercibe a Puigdemont
El Tribunal estima también la petición de la Abogacía del Estado relativa a la notificación personal de la presente resolución y a la realización de apercibimientos.
Así, acuerda notificar personalmente el auto a la presidenta del Parlament, a los demás miembros de la Mesa, al secretario general de la Cámara autonómica, al Presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y a los demás miembros de su Consejo de Gobierno.
Les advierte de "abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento" a la resolución aprobada el pasado mes de octubre en lo que se refiere a los apartados anulados y de su deber de "impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir la nulidad de esos apartados de dicha Resolución, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de incumplimiento de lo ordenado por este Tribunal".
Por último, el Pleno acuerda "deducir testimonio de particulares a fin de que el Ministerio Fiscal proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder a Forcadell y a los otros cuatro parlamentarios por incumplir el mandato del párrafo primero del artículo 87.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) en relación con los hechos objeto del presente incidente de ejecución".
Demanda de la Abogacía del Estado
La Abogacía del Estado solicitó la investigación de los puntos de la propuesta de resolución del Debate de Política General que van de las 1 a la 9 --que hacen referencia a "la convocatoria del referéndum y la ley de régimen jurídico"-- y de la 13 a la 16 --que hablan del proceso constituyente--. Estos apartados son los que han sido ahora anulados.
Durante el Pleno en el que se debatieron las propuestas declaradas ahora inconstitucionales el portavoz del PP en el Parlament, Enric Millo, y el de C's, Carlos Carrizosa, advirtieron de que la resolución contravenía el dictamen del TC, y se negaron a votarla, pese a lo cual la presidenta sometió a votación las resoluciones.
En su demanda, la Abogacía del Estado ve un incumplimiento al aprobarse esas propuestas de resolución que "generan una situación de perturbación extremadamente grave del orden constitucional, pues el Parlamento catalán pretende formalizar una vez más la convocatoria de un referendo, la apertura de un proceso constituyente y la desconexión con el Estado de manera unilateral".
"Las resoluciones aprobadas vuelven a constituir un manifiesto desprecio al régimen jurídico establecido por la Constitución", concluía la petición de los Servicios Jurídicos del Estado, que pedían contundencia al advertir de las consecuencias de continuar el proceso independentista, no sólo a los miembros de la Mesa, sino también al presidente de la Generalitat y a los miembros de su Gobierno.