El Tribunal Supremo ha puesto fin a la instrucción de la causa en la que investiga al actual diputado y exconsejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Francesc Homs por la consulta del 9N. Por ella, se le imputan delitos de prevaricación y desobediencia, al entender que actuó de forma "arbitraria" y contraria a derecho al desobedecer la suspensión del Tribunal Constitucional.
El magistrado de la Sala II Andrés Palomo del Arco ha dictado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado. Así, apunta en un auto de 33 folios que la participación en los hechos de Homs "indiciariamente y con la calificación provisional que merece esta fase de la investigación, son constitutivos de delitos de desobediencia y prevaricación administrativa".
Plazo de diez días
"No suspendió ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta, ni siquiera los que dependía directamente del Departamento de la Presidencia, del que era titular, a pesar de ser consciente de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional y la consecuente inviabilidad de su celebración", apunta el magistrado. Éste concede un plazo de diez días a la Fiscalía para que solicite la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o, en su lugar, el sobreseimiento de las actuaciones.