Las familias comerán turrones juntas en Navidad. La celebración de terceras elecciones, en el caso de que Mariano Rajoy vuelva a obtener la negativa a su investidura el 31 de octubre, en ningún caso coincidiría con el 25D. El Pleno del Congreso ha aprobado la reforma limitada de la Ley Electoral para acortar trámites, plazos y gastos en el supuesto de estos comicios.
Esta reforma urgente se limita a la regulación de procesos de convocatoria de elecciones en caso de falta de investidura. Es un mecanismo previsto en el artículo 99 de la Constitución. PP, PSOE y C’s han votado a favor, mientras que PNV, Convergència, ERC y Unidos Podemos –los dos últimos proponían, también, la rebaja de la edad de voto a los 16 años— se han abstenido.
Menos días
La reforma urgente consiste en la reducción del periodo desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones de 54 a 47 días. La campaña, asimismo, pasa de 15 a 8 días.
Es por ello que se añade un recorte del 30% de las subvenciones por escaño y voto que reciben los partidos, que en junio fueron de 21.167,64 euros por escaño en las Corte, 0,81 euros por voto al Congreso y 0,32 euros por voto al Senado. También, una reducción del 50% del tope de gasto en las campañas para estos procesos electorales reducidos, que fue de 0,37 euros por elector el 26J (13,5 millones en total). PP y PSOE no podrían gastar más de 6,8 millones.
Negativa al envío conjunto de propaganda
En otra enmienda, PP, PSOE y C’s llaman a impulsar un acuerdo para “reducir al máximo” los gastos derivados de la publicidad exterior de carácter comercial (vallas publicitarias). Los tres partidos entienden que un cambio más profundo de la ley requiere más tiempo.
La propuesta de C’s, Unidos Podemos y ERC para que la Administración mande todas las papeletas conjuntas a las viviendas, en lugar de subvencionar la entrega de propaganda en los domicilios, ha recibido la negativa de PP, PSOE y PNV. Tampoco ha prosperado el voto electrónico para los residentes en el extranjero impulsado por Convergència y Unidos Podemos.
Proceso ágil
La reforma electoral limitada implica que, para agilizar los trámites, se prorrogan las mismas juntas electorales provinciales y de zona de los comicios anteriores, se permite a los partidos ratificar sus representantes legales y administradores y se da opción a dar por renovadas las mismas coaliciones que se inscribieron la vez anterior y a aprovechar las candidaturas de la convocatoria precedente. Incluso los partidos extraparlamentarios ya no tendrán que volver a recoger avales porque les sirven los que presentaron la última vez.
Igualmente, los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) no tendrán que volver a formalizar el llamado voto rogado pues se les permite aprovechar la solicitud que presentaron la vez anterior.
La fecha del 25 de diciembre vino determinada por la decisión de convocar el debate de investidura de Mariano Rajoy los pasados 30 y 31 de agosto, ya que es la Constitución la que establece que, pasados dos meses desde la primera votación fallida y si nadie logra superar la investidura, las Cortes quedaran disueltas para celebrar nuevas elecciones. Lo que se plantea es añadir una disposición adicional a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para regular estas elecciones especiales, pero los cambios no se aplicarán al procedimiento ordinario.