El Rey y el presidente del Congreso han firmado este martes el real decreto de convocatoria de elecciones generales que pone fecha a la jornada electoral, prevista para el 26 de junio, y desvela la fecha en que se constituirán las nuevas Cortes Generales, que debe encuadrarse en los 25 días posteriores a los comicios y que se calcula para en torno al 20 de julio.
Esta es la primera vez en la historia de la democracia española que se han disuelto las Cortes de forma automática --a las 0 horas del 3 de mayo-- tras constatarse que no hay ningún candidato con opciones a recabar la confianza del Congreso y cumplidos los dos meses de plazo desde el primer intento fallido, el protagonizado por el socialista Pedro Sánchez.
Lo habitual es que el decreto de convocatoria lo firme el presidente del Gobierno, pero al estar en funciones, la tarea ha recaído por primera vez en el jefe del Estado, con el refrendo del presidente de las Cortes.
Rubrica real
El presidente del Congreso, Patxi López, se ha desplazado al palacio de la Zarzuela para la firma del decreto de convocatoria de elecciones, que se publicará y entrará en vigor este mediodía.
El decreto precisa el número de parlamentarios que se eligen en cada circunscripción, ya que es una cifra que puede variar en cada convocatoria en función de su población. No obstante, se sabe que cada circunscripción elige un mínimo de dos diputados con la excepción de Ceuta y Melilla, que eligen uno cada una.
Por su parte, el número de senadores es fijo: cuatro por circunscripción provincial, dos en Ceuta y Melilla y uno en las siguientes islas o agrupaciones de islas: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
350 Diputados y 208 Senadores
En total se eligen 350 diputados y 208 senadores, pues como viene siendo habitual desde 1977, las elecciones generales afectarán a las dos Cámaras. Teóricamente, la ley electoral permite elegir un día al Congreso y otro distinto al Senado, pero nunca se ha aplicado esta opción.
En el mismo decreto se indica igualmente la fecha de inicio y de conclusión de la campaña electoral, que tiene una duración de 15 días. En este caso comenzará a las cero horas del viernes 10 de junio y acabará a las 24 horas del viernes 24 de junio.
Por último, el decreto fija el día y la hora en que deben reunirse las Cámaras para celebrar su correspondiente sesión constitutiva tras las elecciones, en la que diputados y senadores toman posesión de su escaño y se elige al presidente y el resto de miembros de las mesas de ambas Cámaras.
A partir de hoy arranca el denominado periodo electoral y se ponen en marcha las juntas electorales y entran en vigor una serie de prohibiciones, como la de realizar actos de inauguración o campañas de propaganda institucional para difundir logros de legislatura.