El proceso secesionista impulsado en Cataluña no tiene precedentes, algo que descoloca a los jueces. Las mociones presentadas por la CUP en diferentes municipios --secundadas en la mayoría de casos por ERC y CiU--, en las que se da apoyo a la resolución de ruptura aprobada por el Parlament el 9 de noviembre de 2015, han recibido diferentes respuestas por parte de los magistrados de la Audiencia Nacional. Esta disparidad de criterios es aprovechada por los antisistema, que aleccionan a sus alcaldes y concejales en el desacato.

Fiscalía denuncia

La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó denuncia contra los alcaldes y concejales de los ayuntamientos de La Seu d’Urgell, Celrà, Igualada, Sant Cugat del Vallès y Girona por presunta sedición, rebelión, prevaricación, uso indebido de fondos públicos y usurpación de funciones. Delitos todos ellos que quedan bajo el paraguas de los juzgados centrales de instrucción, según el ministerio público, y no de los juzgados catalanes.

Las acciones penales cursadas por el ministerio público se refieren al apoyo que esos consistorios realizaron, vía moción, a la resolución rupturista aprobada por el Parlamento catalán el 9 de noviembre de 2015, en base a un pacto entre Junts pel Sí y la CUP. Este acuerdo secesionista fue suspendido por el Tribunal Constitucional (TC).

Sin criterio unánime

Los magistrados que han instruido esas denuncias han adoptado hasta ahora resoluciones diversas que ponen de manifiesto que no existe un criterio unánime sobre el castigo que hay que imponer a los antisistema. Por ejemplo, el juez José de la Mata, no admitió la denuncia contra los ediles de Sant Cugat del Vallès pues, según razona, “el TC hizo ningún pronunciamiento sobre la legalidad o ilegalidad de la resolución del Parlament” y destaca la contradicción que supone que considerar que “puede constituir delito de sedición o rebelión cualquier acto de apoyo a la resolución parlamentaria por parte de los miembros de una corporación local y, sin embargo, no se estime lo mismo en relación a los propios parlamentarios que la aprobaron”.

Se refiere a los diputados del Parlament. Éstos son aforados y, en caso de que se abrieran diligencias contra ellos, sería el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el que investigaría el caso.

Archivos

Por su parte, los jueces Fernando Andreu, Santiago Pedraz y Carmen Lamela admitieron a trámite las denuncias sobre La Seu d’Urgell, Premià y Celrà, pidieron información a los ayuntamientos y archivaron las diligencias por entender que la resoluciones de apoyo al 9N no suponían la comisión de un delito.

En cambio, el magistrado Ismael Moreno admitió la denuncia contra los ayuntamientos de Vic, Deltebre y Girona, y ha acordado diligencias de investigación, entre ellas el requerimiento de los expedientes administrativos que culminaron con el acuerdo del pleno municipal.